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Nacional

Tribunal Constitucional — Derecho administrativo

TC anula destitución de fiscal supremo por vencimiento de plazo en procedimiento disciplinario

El Tribunal Constitucional declaró nulas las resoluciones de la Junta Nacional de Justicia que destituían a un fiscal supremo en noviembre de 2021, por haberse emitido fuera del plazo de caducidad legal. El tribunal ordenó su reincorporación al cargo.

Por Redacción·11 de junio de 2026
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El Tribunal Constitucional anuló la sanción de destitución impuesta por la Junta Nacional de Justicia contra un fiscal supremo y ordenó su reincorporación al Ministerio Público, al determinar que la resolución de destituición fue emitida fuera del plazo de caducidad establecido por ley.

Según el fallo, la JNJ resolvió destitiuir al funcionario el 24 de noviembre de 2021 y lo notificó el 25 de noviembre de 2021, ambas fechas posteriores al vencimiento del plazo de caducidad del procedimiento administrativo disciplinario, que operó el 23 de noviembre de 2021. El proceso disciplinario había sido iniciado mediante notificación personal al fiscal el 23 de noviembre de 2020.

El TC estimó que la JNJ vulneró "el derecho a la debida motivación de las resoluciones administrativas" al no justificar el rechazo de la notificación de noviembre de 2020 realizada de manera personal. La corte constitucional sostuvo que "dicha notificación resulta plenamente válida según las normas y principios desarrollados" y fue esta la que inició el cómputo del plazo para la caducidad.

El tribunal señaló que para el 5 de agosto de 2021 la JNJ ya tenía conocimiento de que el plazo legal estaba próximo a vencer. Sin embargo, la emisión de la resolución de destituición se produjo casi cuatro meses después del vencimiento. El TC advirtió que "la ampliación dispuesta, lejos de evidenciar una actuación preventiva, revela la falta de organización y control oportuno del procedimiento".

La corte enfatizó que "el vencimiento del plazo establecido por ley no constituye una irregularidad menor, sino la superación de un límite esencial que garantiza el derecho al debido procedimiento administrativo para todo ciudadano". Por ello, declaró nulas las Resoluciones 108-2021-PLENO-JNJ y 089-2022-PLENO-JNJ.

El TC exhortó a la Junta Nacional de Justicia a observar estrictamente los plazos previstos en los procedimientos administrativos disciplinarios y a cumplir con el debido procedimiento administrativo.

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