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Nacional

Tribunal Constitucional — Acción de Inconstitucionalidad

TC admite a trámite demanda del Defensor del Pueblo contra Decreto de Urgencia sobre reorganización de Petroperú

El Tribunal Constitucional resolvió admitir la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra el Decreto de Urgencia N° 010-2025, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la reorganización patrimonial de la empresa estatal.

Por Redacción·11 de junio de 2026·Rol 00003-2026-AI
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El Tribunal Constitucional del Perú, en sesión de Pleno, admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad formulada por el Defensor del Pueblo contra el Decreto de Urgencia N° 010-2025, norma que ordena medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la reorganización patrimonial de Petroperú S.A. y garantizar la continuidad de sus operaciones.

La resolución interlocutoria, dictada el 5 de junio de 2026 en el expediente 00003-2026-AI, determina que la demanda cumple con los requisitos formales para ser conocida por el tribunal de garantías constitucionales. Este acto procesal permite el análisis de fondo sobre la constitucionalidad de las disposiciones contenidas en el decreto impugnado.

La acción de inconstitucionalidad, mecanismo de control abstracto de normas previsto en la Constitución Política, tiene por objeto cuestionar la validez constitucional de decretos de urgencia y otras normas con rango de ley. En este caso, el Defensor del Pueblo cuestiona las medidas ordenadas por el Poder Ejecutivo en materia de reorganización patrimonial de la empresa estatal petrolera.

La admisión a trámite representa el primer hito procesal en la evaluación de si el Decreto de Urgencia N° 010-2025 se ajusta o no a los parámetros constitucionales, particularmente en lo atinente a la competencia del Ejecutivo para dictar medidas de este alcance, la proporcionalidad de las medidas adoptadas y el respeto de derechos fundamentales potencialmente afectados.

El caso se encontrará ahora en la fase de demanda y contestación, tras la cual el TC emitirá sentencia sobre el fondo de la controversia constitucional.

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