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Nacional

Ministerio de Transportes — Regulación marítima

MTC aprueba reglamento de innovación para impulsar el cabotaje nacional

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones habilitó un esquema de programas supervisados que permite flexibilizaciones regulatorias temporales para proyectos innovadores de transporte marítimo de carga entre puertos peruanos, en el marco de la implementación de la Ley 32049.

Por Redacción·21 de junio de 2026
Detailed shot of a classical stone facade featuring intricate sculptures in El Puerto de Santa María.
Imagen referencial

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó esta semana un reglamento que establece un nuevo mecanismo para promover el transporte marítimo de carga entre puertos peruanos. La norma implementa disposiciones de la Ley 32049 y busca fomentar la consolidación de carga, así como el desarrollo de infraestructura logística y tecnológica del sector.

El reglamento crea los denominados programas de innovación supervisados, esquemas temporales mediante los cuales empresas, entidades públicas y otros actores podrán desarrollar proyectos innovadores vinculados al cabotaje. Para ello, la norma contempla "la posibilidad de aplicar flexibilizaciones regulatorias temporales e incluso exonerar determinados permisos, autorizaciones o requisitos relacionados con la operación de servicios de transporte marítimo comercial de carga y el uso de infraestructura logística asociada".

Podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con iniciativas orientadas a mejorar el transporte marítimo comercial de carga. Los programas aprobados operarán por un periodo de entre uno y cinco años, con posibilidad de una prórroga excepcional de hasta un año adicional.

La norma establece un comité técnico de evaluación conformado por cinco integrantes responsable de revisar las propuestas, supervisar los proyectos aprobados y formular recomendaciones regulatorias. El comité deberá realizar al menos una convocatoria anual para recibir iniciativas de innovación. Asimismo, se contemplan mecanismos para suspender o cancelar iniciativas cuando se detecten riesgos para la población, el medio ambiente o la libre competencia.

Aquellas propuestas que demuestren resultados favorables podrán continuar operando mediante una conformidad regulatoria mientras se desarrolla la normativa permanente correspondiente. El MTC deberá conformar el comité técnico en un plazo máximo de treinta días calendario.

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