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Nacional

Poder Judicial — Derecho penal

Juzgado rechaza prescripción de acción civil contra presidente Balcázar por presunta apropiación ilícita

El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo desestimó el argumento de la defensa sobre reducción de plazos de prescripción. Sin embargo, suspendió las diligencias civiles mientras dure el mandato presidencial y reprogramó la audiencia para agosto.

Por Redacción·11 de julio de 2026
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El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo declaró infundado el pedido de prescripción de la acción civil presentado por la defensa del presidente Balcázar en el juicio oral que afronta por presunta apropiación ilícita. La resolución del 7 de julio rechazó la pretensión de aplicar una reducción de plazos conforme al artículo 81 del Código Penal.

En su argumentación, el tribunal señaló que existe una "interpretación incorrecta" en la solicitud de la defensa. "Por consiguiente, si el propio precedente invocado por la defensa establece que el plazo de prescripción de la acción civil es de dos años, no resulta jurídicamente admisible reducir dicho plazo a la mitad mediante la aplicación del artículo 81 del Código Penal, pues esta norma regula exclusivamente la prescripción de la acción penal y no la prescripción de las pretensiones civiles derivadas del hecho ilícito", señaló el juzgado.

El tribunal precisó que el artículo 81 del Código Penal regula la reducción de plazos de prescripción de la acción penal cuando el imputado tenía menos de 21 años o más de 65 al momento de los hechos, pero su aplicación se circunscribe a la persecución y sanción penal de delitos. "Sin embargo, en el presente caso no nos encontramos discutiendo la vigencia de la acción penal, sino la subsistencia de la acción civil derivada del hecho punible. Esta última posee naturaleza jurídica distinta, se rige por sus propias reglas de prescripción y responde a la finalidad de reparar el daño ocasionado a la parte agraviada, no a la imposición de una sanción penal", acotó.

No obstante el rechazo a la prescripción, el juzgado declaró fundada la suspensión de las diligencias civiles mientras dure el mandato presidencial. El tribunal consideró "procedente y razonable la reprogramación de los actos procesales del juicio oral en su extremo civil hasta la culminación del mandato presidencial". La continuación de la instalación del juicio oral en lo civil fue reprogramada para los días 21 y 28 de agosto.

La investigación se remonta al período en que el imputado se desempeñó como decano del Colegio de Abogados de Lambayeque entre 2019 y 2020. Una auditoría detectó un presunto faltante en la caja central por S/ 1.446.022,30. La Fiscalía sostiene además que, debido al bloqueo de cuentas institucionales, durante esa administración se abrieron cuentas bancarias personales en las que se habrían depositado entre S/ 350.000 y S/ 550.000, recursos que no fueron reportados a la gestión posterior.

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