Nacional
Hábeas corpus rechazado
Improcedente hábeas corpus que intentaba suspender condena de Vizcarra
La Sala Constitucional de Lima rechazó la acción de garantía al considerar que incumplió el requisito de firmeza, pues aún estaba pendiente la decisión en la vía penal ordinaria. La defensa podrá presentar un nuevo recurso.

El Poder Judicial declaró improcedente un recurso de hábeas corpus que pretendía suspender la ejecución provisional de la sentencia que condenó al expresidente Martín Vizcarra a 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio, en el marco de los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua.
La Sala Constitucional de Lima revocó el fallo de primera instancia —el cual había acogido la demanda y dejado sin efecto una negativa de libertad provisional dictada por la Sala Penal de Apelaciones—, y rechazó la acción de garantía al considerar que no se cumplía el presupuesto de firmeza exigido por la normativa procesal constitucional.
El tribunal concluyó que el hábeas corpus, interpuesto por un ciudadano, fue presentado cuando aún se encontraba pendiente de resolución la solicitud de suspensión de la condena en la jurisdicción penal ordinaria. Esta circunstancia impedía, en ese momento, el análisis de fondo del recurso; la vía constitucional solo procede una vez que se han agotado o resultan insuficientes los remedios legales comunes.
La Sala precisó, sin embargo, que, habiendo ya la Sala Penal de Apelaciones emitido un pronunciamiento definitivo sobre la suspensión, la defensa del exmandatario puede ahora plantear un nuevo hábeas corpus con el requisito de firmeza debidamente satisfecho.
La condena contra Vizcarra se fundamentó en que, durante su gestión como gobernador regional de Moquegua, se habrían producido actos de corrupción en las contrataciones de las obras mencionadas. El delito de cohecho pasivo propio, sancionado en el Código Penal peruano, castiga al funcionario público que recibe un beneficio indebido para realizar u omitir un acto de su competencia.
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