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Nacional

Defensa de Alcántara cuestiona pruebas de la Fiscalía en caso de doble homicidio en Tocache

Durante audiencia de prisión preventiva, abogado del investigado señala ausencia de registro audiovisual del crimen y afirma que solo existe constancia de contacto previo con las víctimas

Por Redacción·03 de junio de 2026
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En la audiencia de prisión preventiva contra Alexis Alcántara, investigado por el asesinato de Zoila Castillo y su hijo de seis años en Tocache, la defensa cuestionó el fundamento probatorio de la acusación fiscal al señalar que no existen pruebas directas que vinculen al imputado con los delitos.

Según manifestó el abogado defensor, "no existe registro audiovisual de la ejecución de los delitos tanto del homicidio calificado como el feminicidio. Lo único acreditado por la Fiscalía es que mi patrocinado mantuvo contacto con las víctimas antes de su desaparición".

La Fiscalía Provincial Mixta de Uchiza solicitó una medida coercitiva de nueve meses de prisión preventiva en contra de Alcántara, quien es conocido mediáticamente en la región. La audiencia se desarrolló ante el Poder Judicial en tanto se evalúa la procedencia de la detención provisional del investigado.

La argumentación de la defensa pone de relieve la importancia del material probatorio en esta etapa procesal. En el sistema acusatorio peruano, la prisión preventiva requiere que existan elementos de convicción suficientes que vinculen al imputado con los hechos. La ausencia de evidencia audiovisual —elemento considerado de alto valor probatorio en delitos de esta gravedad— constituye un obstáculo significativo para sustentar una medida coercitiva de esa envergadura.

El caso en cuestión, que involucra la muerte de una madre y su hijo menor, ha generado considerable impacto mediático en la región de Ucayali. Sin embargo, la defensa sostiene que la sola existencia de contacto previo entre el investigado y las víctimas no es suficiente para acreditar su responsabilidad penal en los delitos de homicidio calificado y feminicidio.

El Poder Judicial deberá evaluar si los elementos de convicción presentados por la Fiscalía cumplen con el estándar requerido para decretar una prisión preventiva que, conforme a la normativa procesal penal, debe basarse en indicios serios y graves que vinculen al imputado con la comisión del delito.

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