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Nacional

Corte Suprema estadounidense — Derechos constitucionales

Corte Suprema de EE.UU. rechaza orden ejecutiva que restringía ciudadanía por nacimiento

Con seis votos a favor, el máximo tribunal estadounidense reafirmó que ningún presidente puede modificar mediante decreto una garantía constitucional vigente desde hace más de 150 años, aunque el debate se trasladará ahora al Congreso.

Por Redacción·02 de julio de 2026
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La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó la orden ejecutiva firmada por el presidente Donald Trump que buscaba restringir la ciudadanía automática a hijos de migrantes indocumentados o con visas temporales nacidos en territorio estadounidense. Con una mayoría de seis votos contra tres, el tribunal reafirmó el precedente establecido hace 150 años que otorga ciudadanía automática a toda persona nacida en el país.

La orden ejecutiva, emitida el 20 de enero de 2025, afectaría a aproximadamente 255.000 niños al año según estimaciones citadas en la decisión. El tribunal determinó que ningún mandatario puede modificar una garantía constitucional mediante decreto ejecutivo, estableciendo un límite explícito al poder presidencial.

El presidente de la Corte Suprema, John Roberts, fundamentó la decisión en la interpretación de la Decimocuarta Enmienda y el precedente de United States v. Wong Kim Ark (1898), sosteniendo que "los redactores de la Decimocuarta Enmienda, tras la Guerra Civil, definieron la ciudadanía en términos amplios de manera deliberada". Roberts agregó que "la ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política".

Sin embargo, la batalla no ha terminado. Trump anunció que trasladará la discusión al Congreso y exigió que la cámara legislativa inicie trabajos para eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento. Una opinión del juez Brett Kavanaugh dejó abierta una ventana legislativa, aunque expertos señalan que cualquier intento congressional enfrenta el mismo obstáculo constitucional.

Según especialistas consultados, una ley ordinaria del Congreso no puede modificar el alcance de una enmienda constitucional. Para ello sería necesaria una nueva enmienda, proceso que requiere mayorías de dos tercios en ambas cámaras y ratificación de tres cuartas partes de los estados, un escenario descrito como extremadamente difícil en el clima político actual.

La decisión reafirma que ni el Ejecutivo ni el Congreso pueden restringir un derecho constitucional sin modificar previamente la Constitución, un proceso que hoy resulta políticamente inviable. El fallo envía un mensaje claro: la Constitución no admite atajos, independientemente de las políticas migratorias en debate.

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