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Poder Judicial — Vacancia presidencial

Corte Suprema conocerá apelación sobre medida cautelar en caso de vacancia de Boluarte

La Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema analizará el recurso presentado por la expresidenta para suspender los efectos de la resolución parlamentaria que declaró su incapacidad moral permanente, mientras se resuelve el fondo de su demanda de amparo.

Por Redacción·16 de julio de 2026
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La Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema conocerá la apelación interpuesta por la expresidenta Dina Boluarte contra la decisión de la Sala Constitucional de Lima que rechazó su solicitud de medida cautelar para suspender los efectos de la resolución N° 001-2025-2026-CR del Congreso de la República, que declaró su vacancia por incapacidad moral permanente el 10 de octubre de 2025.

Boluarte Zegarra presentó una demanda de amparo cuestionando la resolución congresal y solicitó simultáneamente una medida cautelar para que se suspendan momentáneamente los efectos de dicha decisión mientras se resuelve el fondo del caso. La Sala Constitucional de Lima rechazó por mayoría el pedido de la medida cautelar, lo que motivó que la expresidenta interpusiera el presente recurso de apelación.

En su demanda de amparo, la expresidenta argumenta que no se respetó su derecho a la defensa ni se siguió un debido proceso parlamentario. Sostiene que el Legislativo le notificó con apenas una hora de anticipación la citación para que debatiera su vacancia. El Pleno del Congreso debatió cuatro mociones de diferentes bancadas y decidió su vacancia con 122 votos a favor, sustentando la decisión en presuntos actos de corrupción, abandono de cargo, uso irregular de viajes oficiales, incapacidad para enfrentar la inseguridad ciudadana e intervenciones estéticas realizadas durante el ejercicio de sus funciones.

Al analizar la medida cautelar, la Sala Constitucional de Lima señaló que de manera preliminar no se advertía con suficiente grado de verosimilitud que el Congreso le hubiera impedido materialmente ejercer su defensa, considerando que la demandante no asistió a la convocatoria. El tribunal estimó que todo el procedimiento sería analizado en el fondo de la demanda de amparo y no en la etapa de la medida cautelar.

Mediante resolución del 6 de julio, la Sala Superior concedió la apelación de Boluarte Zegarra y elevó el expediente cautelar a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema. Mientras tanto, el proceso principal de amparo continúa al voto a la espera de una resolución de fondo.

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