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Congreso de la República — Legislación
Congreso promulga ley que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú
La Ley N° 32645, publicada en El Peruano, establece la creación de una institución gremial autónoma de derecho público interno que agrupará a profesionales de disciplinas artísticas con estructura descentralizada y sede principal en Lima.

El Congreso de la República oficializó la creación del Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP) mediante la Ley N° 32645, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma establece una nueva entidad gremial que funcionará como institución autónoma de derecho público interno, sin fines de lucro, con autonomía, personería jurídica y patrimonio propio.
Conforme a la ley, el CPAP estará conformado por profesionales egresados de escuelas superiores de formación artística, institutos y universidades en especialidades vinculadas a artes plásticas y visuales, música, danza, artes escénicas y otras disciplinas afines. La norma también contempla la incorporación de futuras especialidades artísticas que puedan crearse.
La estructura de la institución será de carácter nacional y descentralizado, bajo un sistema democrático, unitario y representativo. Su sede principal se ubicará en Lima, aunque podrá contar con sedes regionales según lo disponga su estatuto. El CPAP se autogobernará mediante órganos que establezca su propio estatuto, en concordancia con los principios de autonomía, representación democrática y unidad institucional.
La ley incorpora una disposición que inhabilita a personas inhabilitadas para ejercer función pública de formar parte de la comisión organizadora o de ocupar cargos en los órganos de gobierno de la institución. Esta restricción busca garantizar la idoneidad de quienes dirijan la organización profesional.
Con la publicación de esta norma queda formalizada la creación del CPAP como organismo representativo de los profesionales vinculados a las distintas disciplinas artísticas del país.
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