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Congreso — Derecho laboral
Congreso incorpora descansos remunerados a la jornada laboral en la "ley silla"
El Ejecutivo propuso ajustes a la norma que obliga a empleadores a proporcionar asientos a trabajadores de pie. La modificación principal establece que los periodos de alternancia de postura integran el tiempo de trabajo y elimina el plazo de adecuación empresarial.

La Comisión de Trabajo del Congreso de la República aprobó el pasado 5 de junio un nuevo dictamen de la "ley que garantiza el derecho al descanso sentado y alternancia de la postura en los centros de trabajo", incorporando observaciones presentadas por el Ejecutivo el 1 de junio a la autógrafa de ley.
La modificación más significativa precisa que "los descansos forman parte de la jornada de trabajo", refiriéndose a los periodos de alternancia entre postura de pie y sentado que deben concederse a los trabajadores. Esta redacción transforma los descansos en tiempo remunerado, lo que según analistas laborales elevará los costos laborales de las empresas al reducir el tiempo efectivo de trabajo.
El dictamen original, aprobado por el pleno del Congreso a fines de abril, establece que la norma se aplica prioritariamente en comercio minorista, hostelería, gastronomía, turismo, centros de salud, servicios financieros presenciales, transporte, aeropuertos, educación básica y vigilancia privada. Obliga a los empleadores a proporcionar una silla a quienes realizan labores de pie por tres o más horas, "en resguardo de su salud, dignidad y productividad".
Jaime Zegarra, abogado laboralista del estudio Dentons, estimó que si se establecen tres descansos de diez minutos diarios, ello sumaría aproximadamente diez horas de descanso remunerado al mes. "Serán pausas activas remuneradas, pues serán parte de la jornada laboral. Se genera un costo laboral ya que se está disminuyendo el tiempo efectivo de trabajo", señaló. Jorge Luis Acevedo, socio laboralista del estudio Benites, Vargas & Ugaz, agregó que las empresas deberán "ser más eficiente en el tiempo que queda; o va a tener que pagar horas extras".
Otra observación del Ejecutivo fue eliminar el plazo de 12 meses de adecuación para que las empresas implementaran la ley sin sanciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La Comisión acogió esta recomendación y en el nuevo dictamen solo se mantiene el plazo de 180 días para que el Ministerio de Trabajo emita el reglamento. La Junta de Portavoces del Congreso ya acordó incorporar el dictamen a la agenda del pleno, con sesiones previstas hasta el 24 de junio, antes del término de la legislatura.
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