
Nulidad acogida con voto en contra.
Tenencia de celular por reo en la cárcel constituye delito y no falta, resuelve Corte de Valdivia.
El tipo penal exige que el objeto prohibido, en este caso un teléfono celular, se encuentre en poder de imputado, circunstancia que fue admitida por éste, de manera que, se configuran todos los elementos del tipo penal en análisis, el que tiene un carácter especial, frente a la falta general de “infracción a reglas de policía en establecimientos públicos”.
08 de mayo de 2025

