
No es aplicable al tercero absoluto el plazo de 30 días contenido en la ley que creó los Tribunales Ambientales para formular la solicitud de invalidación de una RCA.
En la dictación del fallo no se dio cumplimiento a las normas que gobiernan la invalidación en sede ambiental, así como a las disposiciones que regulan el derecho a reclamar la intervención de tribunales especiales en dicha materia.
16 de marzo de 2022
