
Derecho a morir dignamente.
Corte Constitucional de Ecuador despenaliza la eutanasia: solicitantes deberán expresar su consentimiento inequívoco, libre e informado.
Asignar una protección absoluta al derecho a la vida en su primera dimensión resultaría en una afectación más significativa, ya que en este escenario no existe una privación no arbitraria, además, hay un contexto de sufrimiento intenso por una lesión corporal grave e irreversible o una enfermedad grave e incurable.
13 de febrero de 2024
