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Diario Constitucional

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#Procesos de Inconstitucionalidad

¿Porque se rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad en contra de la expresión “no sexista” contenida en el proyecto de ley que Estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, debido a su género?

Educación "no sexista".

¿Porque se rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad en contra de la expresión “no sexista” contenida en el proyecto de ley que Estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, debido a su género?

El término educación no sexista admite una interpretación muy razonable y obvia, como “contraria al sexismo”, y sexismo, en su sentido literal, y además natural y obvio, se define como discriminación entre las personas en razón de su sexo.

20 de abril de 2024

TC se pronunciará sobre el fondo de requerimiento de inconstitucionalidad por la actuación del Senado al introducir norma en el proyecto que otorga a los funcionarios del sector salud que indica una bonificación por retiro voluntario y otra adicional.

Con voto disidente.

TC se pronunciará sobre el fondo de requerimiento de inconstitucionalidad por la actuación del Senado al introducir norma en el proyecto que otorga a los funcionarios del sector salud que indica una bonificación por retiro voluntario y otra adicional.

TC ordenó poner el presente requerimiento en conocimiento del señor Presidente de la República, del Senado y de la Cámara de Diputados, enviándoles copia del mismo, del escrito, y de la respectiva resolución, para que, en su calidad de órganos constitucionales interesados, dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha de la comunicación, formulen las observaciones y presenten los antecedentes que estimen pertinentes, luego de lo cual, le corresponderá al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

14 de agosto de 2012

TC deberá pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del artículo 206 del Código Civil que restringe ejercicio de acción de reclamación de filiación si se deduce después de seis meses de la muerte del presunto padre.

Será conocido por el Pleno.

TC deberá pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del artículo 206 del Código Civil que restringe ejercicio de acción de reclamación de filiación si se deduce después de seis meses de la muerte del presunto padre.

Por su parte, los Ministros Vodanovic, Fernández Baeza, Peña, junto a los Ministros Fernández Fredes y Viera-Gallo, han concurrido reiteradamente a las decisiones previniendo que la reclamación de la filiación no sólo constituye un derecho desde la perspectiva de posibilitar el legítimo ejercicio de las facultades que conlleva tal calidad; también constituye un derecho desde el momento en que permite concretar el derecho a la verdad biológica.

09 de septiembre de 2011