
Inmunidad jurisdiccional.
Tribunales de Argentina son incompetentes para conocer de una demanda por daños y perjuicios en contra de China por haber permitido la propagación del COVID-19, resuelve la Corte Suprema de Argentina.
En materia de demandas promovidas contra un estado extranjero, como principio, éste no se halla sometido a las jurisdicciones de otros estados conforme a una sólida y aceptada norma de Derecho Internacional.
22 de diciembre de 2022
