
Facturas en cuya cesión no se cumplió con las formalidades para su perfeccionamiento carecen de mérito ejecutivo.
La Corte Suprema razona que la factura es un título causado, vinculado a la convención de la que ha nacido, de modo que la excepción de nulidad de la obligación resulta procedente y puede ser oponible al cesionario, debido a la naturaleza del título y a que no fue cumplida adecuadamente la ritualidad para dar a conocer la cesión de las facturas al municipio ejecutado.
03 de enero de 2024
