
Corte IDH condena a Ecuador por la ejecución extrajudicial de un hombre que se encontraba bajo custodia policial.
Cualquier uso de la fuerza que no sea estrictamente necesario por el comportamiento del detenido constituye un atentado a la dignidad humana en violación del artículo 5 de la Convención. Dicho artículo consagra un valor fundamental de toda sociedad democrática tal como es el respeto a la dignidad humana, e impone necesariamente la excepcionalidad del uso de la fuerza.
14 de noviembre de 2024
