
Estados miembros de la UE pueden negar solicitudes de residencia por estudios abusivas que denoten que no se tiene la intención real de estudiar, resuelve el TJUE.
La Directiva relativa a la entrada y residencia en la Unión Europea de nacionales de países terceros con fines, en particular, de estudios, no se opone a que un Estado miembro deniegue una solicitud de admisión en su territorio con fines de estudio cuando el nacional de un país tercero ha presentado esa solicitud sin tener la intención real de estudiar en él, pese a que dicho Estado miembro no haya transpuesto la disposición de la Directiva que permite tal denegación.
05 de agosto de 2024
