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Tema

#Dirección General de Concesiones

Imagen: puranoticia.pnt.cl
Cartas al Director

¿Tiene responsabilidad el MOP en el siniestro del camión de Gasco?

La presentación —ingreso N° 232650/2026— solicita a la Contraloría General de la República investigar la eventual responsabilidad del Ministerio de Obras Públicas, particularmente de la Dirección General de Concesiones y la Dirección de Vialidad, en el siniestro ocurrido el 19 de febrero de 2026 en la autopista General Velásquez, donde un camión de Gasco volcó e impactó la calzada contraria, dejando 12 fallecidos, en un contexto de cuestionamientos previos sobre estándares de seguridad vial en autopistas concesionadas.

27 de febrero de 2026

Imagen: radio.uchile.cl
Judicial

Nulidad laboral acogida

Corte de Santiago anula fallo y establece responsabilidad del MOP en régimen de subcontratación por despido injustificado

Noción de "dueño de la obra" se aplica al MOP, independientemente de su carácter de entidad pública. La subcontratación existe, aunque se trate de una "asesoría", ya que los servicios del trabajador cedieron en beneficio directo del MOP. Juez laboral omitió analizar prueba documental, "silenció los medios de prueba que reseña el recurrente", incurriendo en un vicio de falta de fundamentación, que demostraban que el cargo del trabajador estaba en las bases de licitación y que sus servicios eran habituales para la obra del MOP

30 de octubre de 2025

carreteras-pa.com
Acción de Protección

Fallo confirmado por Corte Suprema.

Proyecto Vial Ruta 66 no vulnera derechos fundamentales, al haberse implementado medidas de control de ruidos y otras gestiones de colaboración.

El MOP informó que las supuestas vulneraciones denunciadas se enmarcan en la ejecución del proyecto vial Concesión Ruta 66, Camino de la Fruta, respecto del cual se ha obrado conforme a la legalidad vigente, implementando las medidas de control de ruido contempladas en las bases de licitación y realizando gestiones territoriales para colaborar en la búsqueda de alternativas que favorezcan a la actora.

06 de marzo de 2025

id.foursquare.com
Judicial

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Órganos de la Administración carecen de legitimación activa para reclamar de la legalidad de la decisión de amparo si se denegó acceso a la información por la causal de reserva del artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia.

El artículo 28 de la Ley de Transparencia establece lo siguiente: “En contra de la resolución del Consejo que deniegue el acceso a la información, procederá el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante. Los órganos de la Administración del Estado no tendrán derecho a reclamar de la resolución del Consejo que otorgue el acceso a la información que hubieren denegado, cuando la denegación se hubiere fundado en la causal del número 1 del artículo 21”.

02 de enero de 2025