
Precedente jurisprudencial.
Es inconstitucional no reconocer el matrimonio igualitario, resuelve un tribunal superior de Japón.
El Tribunal, al pronunciarse sobre la cuestión de fondo, determinó que las relaciones entre personas del mismo sexo han existido con anterioridad a la regulación legal del matrimonio y que el reconocimiento de dichas relaciones constituye un interés jurídico fundamental vinculado a la dignidad personal.
13 de marzo de 2025
