
Requerimiento de inaplicabilidad rechazado
Norma sobre notificación en cobro de impuestos no produce resultados contrarios a la Constitución
La aplicación de la frase "En este caso no será necesario cumplir con los requisitos señalados en el inciso primero de dicho artículo" contenida en el artículo 171 del Código Tributario no vulnera, en el caso concreto, el derecho a un justo y racional procedimiento, por no constituir una infracción al debido emplazamiento ni impactar negativamente en el ejercicio del derecho a defensa de la requirente.
23 de julio de 2025


