
Con voto en contra
Corte de Santiago confirma que subrogación habilita a aseguradoras a demandar bajo Ley del Consumidor
La Corte sostuvo que la subrogación legal del artículo 534 del Código de Comercio confiere a la aseguradora la titularidad de las mismas acciones del asegurado, incluidas las derivadas de la Ley N° 19.496, sin que la calidad de consumidor constituya un atributo personalísimo que impida su ejercicio. El voto en contra estimó que dicha calidad constituye una vinculación especial subjetiva o personal, inherente a la persona del consumidor, y que la aseguradora solo puede ejercer acciones de carácter patrimonial, excluyendo la vía infraccional.
19 de abril de 2026

