
Unificación de jurisprudencia
Prescripción para cobrar feriados pendientes corre desde el término de la relación laboral resuelve la Corte Suprema
El máximo tribunal acogió el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la demandada y restableció la sentencia de primera instancia, precisando que la acción para reclamar la compensación económica por feriados pendientes prescribe en dos años contados desde el término del contrato de trabajo.
08 de junio de 2026

