Opinión
Testamentos privilegiados en tiempos de Covid
Nuestro Código Civil permite que en determinadas y calificadas circunstancias, el testador pueda omitir las formalidades de un acto eminentemente solemne como lo es un testamento.

En tiempos difíciles como los que vive nuestro país a causa de la pandemia de Coronavirus resurgen instituciones algo olvidadas, las que dadas las circunstancias bien cabe desempolvar. Nos referimos a los testamentos privilegiados.
En efecto, nuestro Código Civil permite que en determinadas y calificadas circunstancias, el testador pueda omitir las formalidades de un acto eminentemente solemne como lo es un testamento. Ello ocurre en hipótesis de guerra (testamento militar), altamar (testamento marítimo) y, adicionalmente, cuando el testador se encuentre en peligro inminente de perder la vida y parezca no haber modo o tiempo de otorgar un testamento solemne (artículo 1035 de nuestro Código Civil). A esta última categoría se le llama testamento verbal y es justamente aquel que debemos tener en mira en la catástrofe sanitaria en que nos encontramos.
El porcentaje de personas en Chile que otorgan testamento es ínfimo (menos del 10% de las sucesiones son testadas). Sin embargo, una pandemia mundial que asecha principalmente a los adultos mayores hace que los testamentos verbales cobren inusitada relevancia.
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