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Opinión

Inconstitucionalidad por omisión.

Entre las nuevas atribuciones que la Reforma de 2005 otorgó al Tribunal Constitucional se encuentra la establecida en el artículo 93 Nº 2 de la Constitución y que consiste en la facultad que se le otorga para: “Resolver sobre las cuestiones de constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte Suprema, las Cortes de…

Por Mario Verdugo·24 de octubre de 2011·1 min de lectura
Imagen: blogposgrado.ucontinental.edu.pe
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Entre las nuevas atribuciones que la Reforma de 2005 otorgó al Tribunal Constitucional se encuentra la establecida en el artículo 93 Nº 2 de la Constitución y que consiste en la facultad que se le otorga para: “Resolver sobre las cuestiones de constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones”.

Se reconoce en la disposición precitada la legitimidad activa para requerir al Tribunal a toda persona que sea parte en un juicio o gesti . . .

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