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Contraloría — Contrataciones Públicas
$680 millones: Contraloría detecta que Hospital Sótero del Río contrató a empresa de uno de sus propios médicos
La entidad fiscalizadora abrirá un sumario tras constatar que el facultativo figuraba como dueño del 98% de la sociedad contratada, pese a que el hospital declaró una participación minoritaria del 8%.

La Contraloría General de la República (CGR) anunció el inicio de un sumario administrativo y una fiscalización en el Hospital Sótero del Río, tras detectar irregularidades en la suscripción de un contrato de prestación de servicios médicos por más de $680 millones con una sociedad cuyo principal dueño era un facultativo del propio recinto asistencial.
De acuerdo con el informe de la entidad fiscalizadora, el centro asistencial contrató los "servicios profesionales médicos especializados en tratamientos quirúrgicos de traumatología" a la empresa "Sociedad de Servicios Traumatológicos y Médicos TRAUMAHARD Ltda." por un monto total de $680.271.966.
El órgano de control recordó que la Ley N°19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, prohíbe a los organismos del Estado suscribir contratos administrativos con el personal de la misma institución, o con sociedades de personas o empresas individuales que formen parte o sean beneficiarios finales de dichos contratos. Si bien la normativa admite excepciones, la CGR constató que la resolución que aprobó el contrato no se encontraba debidamente fundada, como lo exige la ley.
La CGR detectó además una inconsistencia material en la información que sirvió de base para aprobar la contratación. Según el informe, el hospital suscribió el contrato indicando que el facultativo involucrado tenía únicamente una participación minoritaria —de un 8%— en la sociedad contratada.
Sin embargo, la fiscalización determinó que la composición societaria real de TRAUMAHARD Ltda. está integrada por dos socios: el funcionario del complejo asistencial, con un 8% de participación directa, y la Sociedad Servicios Médicos Integrados Limitada, con el 92% restante. A su vez, esta última sociedad está conformada por el mismo funcionario del hospital, esta vez con un 98% de participación.
En la práctica, según concluye el órgano contralor, el médico contratante era el beneficiario final mayoritario de la empresa proveedora, situación que no fue declarada al momento de aprobarse el contrato administrativo.
"Lo anterior afecta la integridad, transparencia y confidencialidad del proceso", advirtió la entidad fiscalizadora en su informe.
La CGR subrayó que la estructura societaria detectada vulnera la finalidad de la prohibición contenida en la Ley N°19.886, cuyo objeto es precisamente evitar conflictos de interés entre los funcionarios de un órgano del Estado y los proveedores que contratan con dicha repartición. La omisión del verdadero porcentaje de participación del facultativo —el 98% indirecto— impidió que se aplicaran adecuadamente las exigencias legales y que se ponderara la procedencia de una eventual excepción debidamente fundada.
Por estas razones, el órgano de control resolvió iniciar un sumario administrativo destinado a determinar las eventuales responsabilidades funcionarias derivadas de la aprobación del contrato, así como una fiscalización en el establecimiento hospitalario para revisar el procedimiento administrativo seguido en la contratación cuestionada.
La investigación buscará establecer la individualización de los funcionarios que participaron en la tramitación y aprobación de la resolución, así como las eventuales infracciones al principio de probidad administrativa contemplado en la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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