Nacional
Corte de Apelaciones — Medidas Cautelares
Corte de Arica revoca libertad y reingresa a prisión preventiva a imputado por atropello a carabinero
La Primera Sala del tribunal de alzada estimó que no han variado las circunstancias que justificaron la cautelar y que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

La Corte de Apelaciones de Arica revocó la resolución del Juzgado de Garantía local que había sustituido la prisión preventiva de Kevin Mauricio Ortega Álvarez, imputado como autor de los delitos de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves, homicidio frustrado, desacato y darse a la fuga del lugar del accidente sin prestar auxilio a la víctima, y ordenó su reingreso al recinto penitenciario.
En fallo unánime (causa rol 301-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por las ministras Claudia Arenas González y Juana Ríos Meza, y el ministro Héctor Gutiérrez Massardo— acogió el recurso del Ministerio Público y restableció la medida cautelar personal de máxima intensidad, al estimar que la libertad del imputado sigue representando un peligro para la seguridad de la sociedad.
De acuerdo con la formalización del ente persecutor, los hechos investigados se produjeron alrededor de la una de la madrugada del 8 de noviembre de 2025, cuando personal de Carabineros realizaba controles vehiculares selectivos en la avenida Comandante San Martín de la ciudad de Arica, debidamente identificado con chalecos reflectantes, linternas y barras lumínicas. En ese contexto, el sargento segundo Rodrigo Hernández Muñoz intentó fiscalizar el vehículo conducido por el imputado, quien, en lugar de obedecer las señales para detenerse, aceleró la marcha y dirigió el móvil de manera zigzagueante en contra del funcionario policial.
Pese a que el suboficial alcanzó a lanzarse a un costado del camino, recibió un fuerte impacto en las piernas y debió ser trasladado al Hospital Regional Dr. Juan Noé Crevani, donde fue intervenido por la rotura de meniscos de la rodilla derecha, lesión calificada como grave. Tras el atropello, Ortega Álvarez no detuvo la marcha y se dio a la fuga en dirección al centro de la ciudad, iniciándose una persecución policial que concluyó en calle 7 de Junio, donde fue interceptado por un carro institucional. Sometido al examen respiratorio, registró 1,4 gramos de alcohol por litro de sangre. Al revisar sus antecedentes, además, se constató que se encontraba sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno en una causa diversa.
El Juzgado de Garantía de Arica había acogido, con fecha 11 de mayo pasado, una solicitud de la defensa para sustituir la prisión preventiva por una medida cautelar de menor intensidad, decisión que fue impugnada por la fiscalía ante la Corte. La Primera Sala consideró que los argumentos invocados por la defensa, y reiterados por el juez de garantía, no constituyen una variación efectiva de las circunstancias fácticas que en su momento fundaron la cautelar.
El fallo sostiene que:
"Atendido el mérito de los antecedentes expuestos en estrado en esta audiencia, de los que se desprende como conclusión que no han variado las circunstancias que en su oportunidad justificaron la petición o la determinación de someter a prisión preventiva al imputado, por cuanto aquellos vertidos por la defensa y replicados y adicionados por el Juez de Garantía dicen relación estrictamente con cuestiones que deben ser resueltas en el juicio oral y no en esta etapa procesal".
Sobre esa base, la Sala precisó que los planteamientos esgrimidos por la defensa apuntan a aspectos propios de la valoración probatoria que corresponde efectuar al tribunal de juicio oral en lo penal, y no a la evaluación de la procedencia de la medida cautelar personal que se realiza en sede de garantía o ante la judicatura de alzada.
En la parte resolutiva, el tribunal dispuso que "SE REVOCA la resolución de once de mayo recién pasado y en su lugar se declara que se mantiene la prisión preventiva de Kevin Mauricio Ortega Álvarez por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad y, como se dijo y se reitera, por no haber variado ninguna de las circunstancias fácticas que justifiquen su modificación".
Con esta decisión, el imputado deberá reingresar al recinto penitenciario y permanecerá bajo la cautelar de prisión preventiva mientras se sustancia la investigación a cargo del Ministerio Público.
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