13°C · Parcial nublado·Santiago·Viernes, 31 de julio de 2026

Nacional

Contraloría General — Seguridad Pública Municipal

Contraloría avala que municipios compren elementos de seguridad para alcaldes y concejales amenazados

El Dictamen N° D262/2026 fija requisitos para la entrega de protección personal: carácter excepcional y temporal, informe técnico de organismos policiales o del Ministerio Público y disponibilidad presupuestaria.

Por Redacción·12 de mayo de 2026
Close-up of a rubber mallet next to a green tent pegged on grass.
Imagen referencial

La Contraloría General de la República (CGR) dictaminó que las municipalidades se encuentran facultadas para adquirir, de forma excepcional y transitoria, elementos de seguridad destinados a la protección personal de alcaldes, concejales y funcionarios municipales que hayan denunciado amenazas concretas y cuenten con medidas de protección ordenadas.

Mediante el Dictamen N° D262/2026, el órgano de control sustentó su pronunciamiento en las atribuciones municipales en materia de seguridad pública comunal y en la obligación de los alcaldes y jefaturas de unidad de velar por condiciones laborales seguras que permitan una actuación eficiente de autoridades y funcionarios. La entidad fiscalizadora recordó que las municipalidades cuentan con facultades legales para adquirir elementos destinados a la protección personal cuando ello resulta necesario para el cumplimiento de sus funciones, particularmente en contextos de riesgo asociados al ejercicio de cargos públicos.

El dictamen considera, asimismo, el fortalecimiento de la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública contemplado en la Ley N° 21.802, cuya entrada en vigor se producirá en agosto de 2026.

La CGR precisó que la entrega de estos elementos de protección deberá cumplir con un conjunto de requisitos copulativos. En primer término, debe tener un carácter excepcional y temporal, limitado al período en que subsista el riesgo o la amenaza. En segundo lugar, debe contar con un informe o evaluación técnica y fundada, emitida por los organismos policiales competentes y/o dispuesta por el Ministerio Público. Finalmente, la medida debe estar supeditada a la disponibilidad presupuestaria de la respectiva municipalidad.

El pronunciamiento aborda, además, la situación particular de los concejales, quienes no se rigen por el estatuto de los funcionarios municipales. Sobre este punto, el organismo de control aclara que tal circunstancia no exime a los municipios de adoptar medidas que resguarden la integridad física de dichas autoridades cuando enfrentan riesgos derivados del ejercicio de su cargo.

En esa línea, el dictamen señala que cada entidad edilicia debe —adecuándose a su presupuesto— dotar de los medios necesarios para que alcaldes, concejales y funcionarios lleven adelante su función de forma oportuna, correcta y segura.

Por último, la entidad fiscalizadora enfatizó que, dado que las amenazas a la integridad personal pueden constituir delitos, estas deben ser denunciadas previamente ante el Ministerio Público, conforme a la normativa vigente. De este modo, el pronunciamiento condiciona la procedencia de la adquisición de elementos de seguridad a la existencia de una denuncia formal y a la intervención de los organismos competentes en la evaluación del riesgo.

Con esta interpretación, la CGR habilita a los municipios para incorporar dentro de su gestión presupuestaria recursos destinados a la protección de quienes ejercen funciones representativas o administrativas en el ámbito local, siempre que se verifiquen las condiciones de excepcionalidad, temporalidad y respaldo técnico exigidas por el órgano contralor.

Te puede interesar