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Judicial

Responsabilidad penal

Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condena a 10 años y un día de presidio a autor de homicidio simple cometido en Huechuraba

Dio por acreditado que el acusado disparó reiteradamente contra la víctima en la vía pública, provocándole la muerte por traumatismo abdominal balístico, y lo condenó, además, por porte ilegal de arma de fuego, respecto de este último delito, por mayoría, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo

Por Elke von Loebenstein·25 de enero de 2026·3 min de lectura
Imagen: BioBioChile
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El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al acusado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito consumado de homicidio simple, cometido contra la victima el 15 de abril de 2024 en la comuna de Huechuraba. Asimismo, por mayoría de sus integrantes, lo condenó a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego, ordenando el cumplimiento efectivo y sucesivo de ambas sanciones.

Según dio por establecido el tribunal, alrededor de las 22:00 horas de ese día la víctima se encontraba frente a una gruta ubicada en calle República de Estados Unidos, cuando el acusado se aproximó, extrajo desde sus vestimentas un arma de fuego y le disparó en reiteradas ocasiones. Producto de uno de los impactos balísticos, la víctima falleció posteriormente a causa de un traumatismo abdominal por proyectil balístico, pese a haber sido trasladada a un centro asistencial.

Durante el juicio, el Ministerio Público imputó al acusado la autoría directa de los delitos de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego, sosteniendo que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y solicitó la imposición de penas privativas de libertad de larga duración. La acusación fue adherida por la parte querellante, que destacó la gravedad del daño causado y las consecuencias sufridas por la familia de la víctima, en particular por sus hijos menores de edad.

La defensa, en tanto, solicitó la absolución del acusado, alegando la falta de acreditación de su participación punible y planteando una hipótesis alternativa según la cual se habría encontrado en otro lugar al momento de los hechos, además de cuestionar la suficiencia y coherencia de la prueba de cargo.

El tribunal tuvo por acreditada, sin controversia, la muerte de la víctima como resultado de un ataque con arma de fuego, estableciendo que el hecho fue registrado por cámaras de seguridad del sector y corroborado por abundante prueba testimonial, pericial, documental y material. En particular, valoró las declaraciones de testigos presenciales y complementarios que sindicaron al acusado como el autor de los disparos, señalando que se trataba de una persona conocida en el sector, lo que permitió descartar hipótesis alternativas compatibles con su inocencia.

Respecto del delito de porte ilegal de arma de fuego, la mayoría del tribunal estimó que se acreditó que el acusado portó y utilizó un arma de fuego en la vía pública sin contar con autorización ni inscripción alguna, conforme a la Ley N° 17.798, sobre control de armas. No obstante, la condena por este ilícito fue acordada con el voto en contra de una de las magistradas, quien estuvo por absolver al acusado en atención a que no se logró determinar el tipo específico de arma utilizada, invocando el principio in dubio pro reo.

Al momento de imponer la pena, el tribunal consideró que no concurrían atenuantes ni agravantes de responsabilidad penal, resolviendo aplicar las sanciones dentro del rango legal en su tramo inferior, estimándolas proporcionales a la gravedad de los delitos y a la extensión del mal causado. Asimismo, ordenó el abono del tiempo que el condenado ha permanecido en prisión preventiva y dispuso su inclusión en el Registro Nacional de Condenados mediante la toma de huella genética.

Vea sentencia Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Rol Nº 316-2025.

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