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Judicial

Fiscalía apeló rechazo de la prisión preventiva

Padre de niña que cayó desde un piso 11 en Las Condes fue formalizado por homicidio por omisión, pero tribunal recalificó los hechos como cuasidelito

El Ministerio Público sostuvo que el imputado tenía posición de garante y que el caso “supera largamente a la negligencia”, mientras la defensa esperará la revisión de la Corte de Apelaciones. La menor dormía en una pieza sin mallas de seguridad y la investigación tendrá un plazo de 120 días.

Por Elke von Loebenstein·19 de mayo de 2026·4 min de lectura
Imagen: CNN
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El 4° Juzgado de Garantía de Santiago formalizó al padre de la niña de dos años y siete meses que falleció tras caer desde un piso 11 en la comuna de Las Condes, rechazando la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía Metropolitana Oriente y recalificando provisoriamente los hechos desde homicidio por omisión con dolo eventual a cuasidelito de homicidio.

Debido a la apelación verbal deducida por el Ministerio Público, el imputado quedó detenido en tránsito a la espera de que la Corte de Apelaciones de Santiago revise la medida cautelar solicitada por la fiscalía, que sostiene que el acusado incumplió gravemente sus deberes de resguardo respecto de la menor.

Durante la audiencia, la Fiscalía argumentó que el imputado mantenía una posición de garante respecto de la víctima y que los antecedentes expuestos excedían una mera negligencia, atendidas las condiciones de seguridad del departamento y el contexto previo a los hechos.

El Ministerio Público formalizó al imputado, identificado por la prensa como Jorge Constanzo, por el delito de homicidio por omisión con dolo eventual. Sin embargo, la jueza Andrea Osorio estimó que, en esta etapa procesal, no existían antecedentes suficientes para sostener la concurrencia de dolo eventual, recalificando provisoriamente los hechos como cuasidelito de homicidio.

De mantenerse la resolución del tribunal, el imputado quedaría sujeto a medidas cautelares de menor intensidad, consistentes en firma mensual y arraigo nacional. No obstante, la situación cautelar deberá ser revisada por la Corte de Apelaciones de Santiago tras la impugnación deducida por la fiscalía.

Según los antecedentes expuestos en audiencia, la menor se encontraba en el departamento de su padre en el contexto de un régimen de visitas autorizado judicialmente. La subcomisaria Marcela Donaire, de la Brigada de Homicidios Metropolitana de la PDI, señaló que la visita se desarrollaba entre las 10:00 y las 18:00 horas del domingo, mientras que el accidente se produjo aproximadamente a las 17:00 horas.

De acuerdo con los antecedentes expuestos por la Fiscalía, la niña se encontraba durmiendo en una habitación que no contaba con mallas de protección en las ventanas, mientras el padre y su pareja descansaban en otra pieza del departamento. El fiscal Fernando Zeballos explicó que la menor “se precipita a través de una ventana que no contaba con mallas de seguridad”, añadiendo que, en un inicio, Carabineros no pudo establecer desde qué departamento había caído la víctima, ya que ella no residía habitualmente en el edificio.

En la audiencia de formalización, el fiscal Jorge Reyes sostuvo que la conducta atribuida al imputado no podía ser reducida a un mero descuido. “La acción del imputado era mucho más que una negligencia, no era un descuido cualquiera”, afirmó el persecutor, agregando que el acusado tenía una posición de garante respecto de la menor y que la habría dejado sola durante un período prolongado en una habitación con una ventana ubicada junto a la cama y sin medidas de protección.

El Ministerio Público también incorporó antecedentes relativos a un eventual consumo de alcohol previo a los hechos. Según lo señalado en audiencia, el imputado habría asistido durante la madrugada a una actividad social y posteriormente a una discoteca, regresando cerca de las 05:00 horas. Más tarde, habría consumido alcohol nuevamente durante un almuerzo familiar antes de dormir una siesta, contexto en el cual se habría producido la caída de la menor. La Fiscalía indicó que aún se encuentra pendiente el resultado de la alcoholemia practicada.

Otro de los antecedentes relevados por la fiscalía dice relación con medidas de seguridad previamente discutidas en sede de familia. Conforme a lo expuesto por el persecutor, el imputado habría asumido el compromiso de instalar mallas de protección en el inmueble; sin embargo, dichas medidas solo habrían sido instaladas en sectores comunes del departamento, excluyendo la habitación donde dormía la niña.

La madre de la víctima, Gloria Ortiz, cuestionó públicamente lo ocurrido y manifestó que esperan que los hechos sean esclarecidos. En declaraciones a la prensa, sostuvo que se trató de “un acto negligente de un padre que estaba al cuidado de una menor y que no tomó el resguardo necesario para protegerle la vida ni su integridad física”.

Por su parte, Sergio, tío materno de la menor, afirmó que la familia se encuentra “devastada” y pidió que el caso no quede impune. “Tenía una sola tarea, era cuidarla”, señaló, agregando que siempre promovieron que la niña mantuviera vínculo con su padre.

Las diligencias investigativas continúan siendo desarrolladas por la Fiscalía Metropolitana Oriente, la Brigada de Homicidios de la PDI y el Laboratorio de Criminalística Central, contemplando revisión de cámaras de seguridad, empadronamiento de testigos y peritajes al interior del departamento y del edificio donde ocurrieron los hechos.

El tribunal fijó un plazo de investigación de 120 días.

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