Judicial
Reclamación acogida
Corte de Santiago anula multa de 300 UTM a CGE por falta de ponderación de antecedentes de la SEC
El tribunal acogió un reclamo de ilegalidad presentado por CGE contra la SEC, tras constatar que la autoridad no consideró adecuadamente los descargos y pruebas aportadas por la empresa ni ponderó la proporcionalidad de la sanción, por lo que ordenó retrotraer el procedimiento administrativo y garantizar un nuevo análisis motivado de la multa impuesta.

La Corte de Santiago acogió un reclamo de ilegalidad interpuesto por la Compañía General de Electricidad S.A. (CGE) en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), por la imposición de una multa de 300 UTM debido a supuestos incumplimientos en la calidad del servicio eléctrico.
La reclamante señaló que las Resoluciones Exentas N°29894 y N°36657 de la SEC, que impusieron la multa y rechazaron el recurso de reposición respectivamente, carecían de fundamentación adecuada y no ponderaban correctamente los criterios de proporcionalidad previstos en el artículo 16 de la Ley N°18.410. Además, sostuvo que las perturbaciones en el suministro se debieron a hurto de energía por parte de un hotel y que la empresa había ejecutado trabajos preventivos para garantizar la calidad del servicio.
Por su parte, la SEC informó que la fiscalización se originó por denuncias de variaciones de voltaje, y que los informes de CGE mostraban un cumplimiento de tensión de solo 85,29%, incumpliendo el estándar mínimo del 95% fijado en la normativa. Sin embargo, durante el proceso judicial, la SEC reconoció la necesidad de retrotraer el procedimiento administrativo para considerar íntegramente las pruebas y alegaciones de la empresa.
La Corte acogió el reclamo al estimar que la SEC incurrió en ilegalidad al no ponderar adecuadamente las pruebas y descargos de CGE, omitiendo garantizar la debida motivación y proporcionalidad de las resoluciones impugnadas, lo que configuró un vicio en el acto administrativo.
En tal sentido indica que, “(…) la reclamada expresamente reconoció la falta de ponderación de los antecedentes aportados por la reclamante, tanto en su reposición administrativa como en el presente reclamo, allanándose a lo solicitado por la parte actora, en cuanto a que se retrotraiga el procedimiento administrativo a la etapa de análisis de los descargos”.
En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad, invalidó las resoluciones impugnadas y ordenó retrotraer el procedimiento administrativo hasta la etapa de análisis de los descargos formulados por CGE.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°183-2025 (Contencioso Administrativo).
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