Judicial
Violencia intrafamiliar
Condenan presidio perpetuo calificado a autor de femicidio en Maipú tras acreditar brutal ataque a la víctima
El Quinto Tribunal Oral de Santiago estableció que el acusado dio muerte a su conviviente tras una violenta agresión, mientras que sus padres fueron absueltos por falta de participación directa en los hechos

El Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó sentencia en una causa por los delitos de femicidio y homicidio consumados, en relación con hechos ocurridos la madrugada del 30 de marzo de 2024 en la comuna de Maipú, donde una mujer falleció al interior del domicilio que compartía con su conviviente y los padres de éste.
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, el principal imputado dio muerte a su conviviente mediante el uso de un arma cortopunzante, propinándole heridas en el cuello y tronco, en un contexto de reiteradas agresiones físicas. Los hechos se desarrollaron entre las 02:00 y las 04:00 horas al interior del departamento ubicado en avenida El Olimpo, donde la víctima fue golpeada, lesionada en diversas partes del cuerpo y sometida a maniobras de sofocación, lo que finalmente le provocó la muerte por traumatismo cervical.
La acusación también imputó a los padres del agresor participación en los hechos, señalando que habrían colaborado en la agresión y posteriormente en acciones destinadas a ocultar el crimen, como la limpieza del sitio del suceso y la manipulación del cuerpo de la víctima.
Durante el juicio oral, el tribunal valoró prueba testimonial, pericial, documental, fotográfica y registros audiovisuales, los cuales permitieron establecer la existencia de múltiples lesiones en el cuerpo de la víctima, incluyendo heridas cortopunzantes, lesiones contusas, quemaduras de distinta data y signos de sofocación, compatibles con la intervención de terceros.
Entre los antecedentes relevantes, se acreditó que el cuerpo presentaba numerosas heridas de diversa naturaleza, algunas infligidas cuando la víctima aún se encontraba en movimiento y otras cuando ya estaba en una condición de indefensión o sin resistencia, lo que da cuenta de la intensidad y prolongación de la agresión. Asimismo, se constató la existencia de quemaduras anteriores no tratadas adecuadamente, evidenciando un contexto de violencia previa.
El tribunal también consideró las declaraciones del propio acusado, quien reconoció haber atacado a la víctima con un cuchillo en el contexto de una discusión, así como los registros de cámaras de seguridad que evidenciaron que, tras la muerte, los imputados trasladaron el cuerpo en una silla de ruedas fuera del departamento, para luego regresar al inmueble, lo que fue interpretado como una maniobra destinada a ocultar lo ocurrido.
Asimismo, se estableció que el sitio del suceso fue alterado, encontrándose evidencia de limpieza de sangre y manipulación de elementos, lo que reforzó la hipótesis de encubrimiento posterior a los hechos.
Con todo, el tribunal concluyó que la prueba rendida permitió acreditar más allá de toda duda razonable la responsabilidad penal del acusado principal en el delito de femicidio consumado, atendida la relación de convivencia con la víctima y la naturaleza de la agresión.
En cuanto a los coimputados, el tribunal estimó que no se logró acreditar su participación directa en la agresión que causó la muerte, por lo que resolvió absolverlos de los cargos formulados en su contra.
De esta forma, el fallo distingue entre la autoría directa del femicidio y la insuficiencia probatoria respecto de la intervención de los otros acusados, resolviendo condenar al principal imputado y absolver a los restantes, en una decisión adoptada tras la valoración integral de la prueba rendida en juicio.
Se llega a la pena de presidio perpetuo calificado porque, dentro del marco legal del delito de femicidio consumado —que contempla sanciones desde presidio mayor en su grado máximo hasta presidio perpetuo calificado—, el tribunal ubica la pena en su tramo más alto al concurrir circunstancias de especial gravedad. En particular, la extrema violencia del ataque, la reiteración de las agresiones, la situación de indefensión de la víctima y la concurrencia de agravantes, junto con la ausencia de atenuantes, permiten aplicar las reglas del Código Penal que obligan a situar la sanción en el máximo del rango legal. De este modo, al tratarse de un delito consumado, con autoría directa y características particularmente graves, el tribunal concluye que corresponde imponer la pena más severa prevista por el legislador.
Vea sentencia Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Rol Nº 165-2025.
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