12°C · Nublado·Santiago·Lunes, 03 de agosto de 2026

Judicial

Indemnización por crímenes de lesa humanidad

Condenan al fisco a pagar $40 millones a víctima de torturas y exilio en dictadura

Tribunal civil de Santiago rechazó prescripción y reparación satisfactiva, estableciendo la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y ordena indemnizar el daño moral por detención ilegal, torturas y exilio a la víctima

Por pasantes.diario.constitucional@gmail.com·26 de abril de 2026·2 min de lectura
artishockrevista.com
Imagen referencial

El Vigésimo Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $40.000.000.- por concepto de daño moral a una persona que fue detenida el 1 de noviembre de 1973 y sometida a interrogatorios y torturas en buques y recintos de la Armada en Valparaíso, en el contexto de la dictadura cívico-militar.

El tribunal rechazó las excepciones de reparación satisfactiva y de prescripción de la acción opuestas por el fisco, tras establecer que el demandante fue víctima de un crimen de lesa humanidad, el cual resulta imprescriptible tanto en sede penal como civil.

La sentencia señala que, establecida la existencia del daño moral sufrido, corresponde determinar prudencialmente su cuantía, atendida la complejidad de su valoración pecuniaria por tratarse de un perjuicio de carácter inmaterial. En ese sentido, se precisa que el principio de reparación integral no autoriza indemnizaciones arbitrarias, sino aquellas que, dentro de un marco de razonabilidad y equidad, permitan compensar efectivamente el menoscabo sufrido.

El tribunal agrega que, para estos efectos, se ponderaron los antecedentes aportados al proceso, considerando especialmente la gravedad, reiteración y contexto de los ilícitos acreditados, consistentes en detenciones ilegales, actos de tortura y posterior exilio, los que implicaron una afectación profunda y prolongada de la integridad psíquica, la dignidad personal y el proyecto de vida del demandante, generando sufrimientos y secuelas emocionales y sociales que se han extendido en el tiempo.

Asimismo, la resolución destaca que las indemnizaciones no pueden borrar el sufrimiento ni las consecuencias permanentes derivadas de tales vulneraciones, las que ocurrieron en un contexto en que agentes del Estado incurrieron en conductas ilícitas de extrema gravedad, desnaturalizando los fines del poder público y contraviniendo los deberes jurídicos y morales impuestos por el ordenamiento constitucional e internacional de protección de los derechos humanos.

El fallo añade que el actuar ilegítimo del Estado alteró de manera sustancial y duradera la vida personal, familiar y social del demandante, forzándolo incluso al exilio y a desarrollar su vida en condiciones de desarraigo y vulnerabilidad, por lo que corresponde que el Estado de Chile asuma su responsabilidad y otorgue una reparación que, aun siendo imperfecta, constituya una forma de reconocimiento del daño causado.

En ese contexto, el tribunal concluyó que se encontraban acreditados los hechos de detención ilegal, tortura y exilio, la intervención de agentes estatales y la relación directa de dichos ilícitos con el daño moral sufrido, por lo que resulta procedente que el Estado repare el perjuicio ocasionado, cuya cuantificación debe fijarse prudencialmente dada la imposibilidad de medir con exactitud la intensidad del sufrimiento.

Por estas consideraciones, el tribunal fijó la indemnización por daño moral en la suma de $40.000.000.- que deberá ser pagada por el fisco a la víctima.

Vea sentencia Vigésimo Juzgado Civil de Santiago Rol Nº610-2025.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.