Internacional
Corte Suprema Polaca — Independencia Judicial
Redes judiciales europeas normalizan violaciones del Estado de Derecho al aceptar miembros comprometidos
El Instituto Europeo de Derecho ha acogido a cortes polacas cuestionadas por su independencia judicial, mientras otras redes se abstienen de actuar pese a fallos de la CJUE y el TEDH. El silencio institucional amplifica el retroceso democrático.

El European Law Institute (ELI) ha admitido recientemente como miembros institucionales la Corte Suprema y la Corte Suprema Administrativa de Polonia, apenas menos de dos años después de haber adoptado un conjunto de estándares sobre independencia judicial e instar a "gobiernos e instituciones europeos a alinear sus sistemas con estos Estándares".
Esta acción pone de relieve una contradicción fundamental: mientras las instituciones europeas proclaman públicamente su compromiso con el Estado de Derecho, actúan de manera que lo socavan. La admisión de Polonia resulta especialmente problemática considerando las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (CJUE) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que han documentado vulneraciones sistemáticas a la independencia judicial en ese país.
Dos redes judiciales adicionales—la Conferencia de Cortes Constitucionales Europeas (CECC) y la Red de Presidentes de las Cortes Supremas de Justicia de la UE (NPSJC)—han incurrido en una inacción igualmente problemática. Ambas han omitido tomar medidas respecto de sus miembros polacos, pese a que los pronunciamientos de la CJUE y el TEDH establecen claramente vulneraciones graves al ordenamiento judicial europeo.
Esta "normalización de la ilegalidad" mediante la inacción genera efectos negativos de largo alcance. Al no expulsar o marginar a aquellos directamente comprometidos con el desmantelamiento sistemático de la independencia judicial, estas redes institucionales se tornan cómplices de su propia deslegitimación. Transmiten un mensaje de tolerancia hacia el retroceso democrático que debilita todo el ecosistema de Estado de Derecho en la Unión.
La cuestión que emerge es si estas redes deben sufrir consecuencias prácticas por su fracaso en cumplir su función de preservadores del orden constitucional europeo. Como "actores privilegiados" en el sistema europeo, su responsabilidad no es meramente formal, sino sustantiva: el silencio ante la transgresión equivale, en este contexto, a participación.
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