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Cartas al Director

Malls chinos en Chile: el comercio paralelo que expone la debilidad fiscalizadora del Estado

Un informe de la Cámara Nacional de Comercio revela un panorama extendido de productos sin certificación, rotulación ni control sanitario en estos centros comerciales, evidenciando fallas estructurales en la fiscalización estatal y riesgos directos para los consumidores.

Por Javiera Morales·28 de febrero de 2026·5 min de lectura
Imagen: diarioelcentro.cl
Imagen referencial

Durante años, los llamados malls chinos se han instalado en las principales ciudades del país —y cada vez más en regiones— como parte del paisaje cotidiano del comercio popular. Son centros densos, ágiles, de importación directa, donde conviven prácticas formales e informales bajo una gobernanza híbrida que el Estado, hasta ahora, ha preferido mirar desde lejos. La pregunta de fondo es evidente: ¿cómo se normalizó que miles de productos de riesgo se vendan sin certificación, sin rotulación en castellano y sin control sanitario, mientras la institucionalidad observa desde la vereda?

La reciente radiografía publicada por la Cámara Nacional de Comercio (CNC, 2023) confirma lo que la ciudadanía viene percibiendo: aquí opera un circuito paralelo de comercio que pone en entredicho la seguridad del consumidor, distorsiona la competencia y evidencia graves fallas regulatorias. El Estado no solo llega tarde: llega poco.

Un ecosistema que crece sin control

Los malls chinos no son ferias improvisadas. Son redes transnacionales altamente organizadas, con cadenas logísticas flexibles y capacidad de inundar el mercado con productos de bajo costo. Esa elasticidad les ha permitido expandirse desde grandes capitales a polos regionales como Rancagua y Rengo, sin que exista siquiera un registro oficial del número de recintos, su ubicación o su nivel de cumplimiento normativo.

La informalidad, lejos de ser marginal, es estructural. Los datos de la CNC lo muestran con crudeza:

  • Más del 60% de los locales no exhibe patente comercial.

  • La mitad de los juguetes se vende sin rotulación en castellano.

  • Dos tercios de los productos eléctricos no tienen certificación SEC.

  • Un tercio de los cosméticos carece de autorización del ISP.

  • Casi la mitad de los alimentos no cuenta con resolución sanitaria vigente.

No se trata de “detalles administrativos”: hablamos de riesgos eléctricos, químicos, sanitarios y alimentarios. Hablamos de productos aplicados directamente sobre la piel, usados por niñas y niños, conectados a la red eléctrica o consumidos sin garantías mínimas.

¿Dónde está el Estado?

El mosaico institucional existe: SERNAC para proteger al consumidor; SEC para la seguridad eléctrica; ISP y Seremis para sanidad; SII para tributación; Aduanas para importaciones; municipalidades para patentes. Las leyes están. Las facultades también. Lo que falta es ejercicio real del poder fiscalizador.

Lo más preocupante es que sea un gremio privado —la CNC, sin facultad sancionadora— quien levante la alerta que debería provenir del Estado. ¿Cómo se explica que un informe gremial sea hoy la principal fuente de información pública sobre riesgos sanitarios y de seguridad en estos recintos?

La respuesta es incómoda: fiscalización fragmentada, operativos esporádicos, sanciones débiles, escasa coordinación y nula transparencia respecto de metas, reincidencias o regularizaciones. Esta mezcla produce un incentivo perverso: incumplir es más barato que cumplir.

Los usuarios: consumidores vulnerables a la deriva

Los clientes de estos centros —mayoritariamente sectores medios y bajos— toman decisiones condicionadas por precio, disponibilidad inmediata y presión estacional (Navidad, Halloween, campañas escolares). Muchos carecen de información técnica o no conocen la obligatoriedad de certificaciones y rotulación.

Cuando el Estado no fiscaliza, quienes pierden no son las grandes marcas: son las familias que terminan comprando juguetes sin instrucciones, alimentos sin trazabilidad o cosméticos sin control sanitario. Es una vulneración silenciosa y sistemática del estándar mínimo de protección que la Ley 19.496 garantiza.

La Región de O’Higgins: un caso que ilustra la brecha

En O’Higgins el fenómeno es evidente: presencia consolidada en Rancagua y expansión hacia Rengo, alto flujo en fechas de campaña y decomisos aislados por parte de Seremi y SERNAC. Pero no existe un catastro regional, ni un registro público, ni un programa permanente de fiscalización intersectorial.

Si el Estado no sabe cuántos recintos existen, ¿cómo puede fiscalizar lo que no mide?

Un camino legislativo para resultados, no para declaraciones

Para recuperar el control y proteger a los consumidores, se requiere una agenda legislativa que vaya más allá de las buenas intenciones:

  1. Registro nacional obligatorio y trazabilidad

Un Registro Nacional de Centros Comerciales de Importación Directa con interoperabilidad entre SII, Aduanas, SEC, ISP, Seremis y SERNAC, y un “semáforo de cumplimiento” público por cada centro. 
Beneficio para la ciudadanía: más transparencia, menos riesgo sanitario y mayor recaudación para servicios públicos.

  1. Responsabilidad solidaria del administrador

Modificar la Ley 19.496 para que la administración del centro responda solidariamente por la venta repetida de productos inseguros o mal rotulados. 
Beneficio: incentiva orden interno, eleva el estándar y protege a quienes compran.

  1. Seguridad visible y verificable

Certificaciones obligatorias y rotulación en castellano a la vista, con decomiso inmediato y QR verificable para eléctricos, cosméticos, juguetes y alimentos. 
Beneficio: consumidores empoderados en el punto de venta.

  1. Fiscalización coordinada y sostenida

Operativos intersectoriales trimestrales, metas por región y reportes públicos. 
Beneficio: se acaba la fiscalización simbólica y comienza la disuasión real.

  1. Formalización con apoyo y sanciones proporcionales

Ventanas de regularización, capacitación idiomática, boleta electrónica simplificada y multas agravadas por reincidencia. 
Beneficio: inclusión productiva sin renunciar a la protección del consumidor.

  1. Orden urbano y seguridad

Ordenanzas armonizadas, rutas de carga definidas y prohibición de seguridad privada coercitiva sin autorización. 
Beneficio: recintos más seguros para familias y trabajadores.

Conclusión: reconstruir la confianza exige actuar, no observar

Los datos del informe de la CNC no dejan margen para la ambigüedad: el país vive con un comercio paralelo que opera bajo estándares más bajos que los permitidos por la ley. No es un debate ideológico, sino sanitario, económico y de seguridad pública.

El Estado tiene la responsabilidad indelegable de proteger a quienes compran, garantizar competencia leal y asegurar que las reglas se cumplan. Hoy no lo está haciendo. El desafío legislativo es una oportunidad para corregir esa brecha, fortalecer la institucionalidad y, sobre todo, devolver seguridad y dignidad a millones de consumidores.

Javiera Morales

Abogada en derecho Administrativo

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