Cartas al Director
En relación a la publicación aparecida en este Diario, que da cuenta del ingreso por algunos diputados de un proyecto de ley que otorga remuneración a funcionarios de Carabineros que se encuentren en prisión preventiva
Lo que más sorprende de estas propuestas, es la falta de sintonía de ellas con el Derecho; particularmente por existir diversas disposiciones que regulan estas materias en tratados internacionales y en la legislación interna, asegurando la libertad de expresión y de información, como componentes esenciales del régimen democrático.

En relación a la publicación aparecida en este Diario, que da cuenta del ingreso por algunos diputados de un proyecto de ley que otorga remuneración a funcionarios de Carabineros que se encuentren en prisión preventiva, me permito comentar lo propuesto por el Director General de Carabineros, como fórmula para “avanzar en el objeto de reintegrar la labor policial en el seno de la comunidad”.
1.- Ante la Comisión de Seguridad del Senado, sostuvo el día 8 de diciembre de 2020, la necesidad de que los sueldos de los Carabineros con procesos en su contra y arresto domiciliario, debían ser conservados, ya que ello permitiría “que los carabineros puedan ejercer de mejor forma su trabajo”. De esta forma el Sr. General, nos expresa que merecen estos servidores públicos, mantener sus remuneraciones, incluso frente a un grave actuar contrario a derecho, ya que habla de imputados por delitos y privados de libertad.
2.- Agregó el Sr. Director en su visita al Senado: “lo que necesitamos hoy día son normas legales que apoyen claramente la labor del personal de Carabineros o de la Policía de Investigaciones, de tal forma que cuando sean atacados, lesionados gravemente o agredidos y deban usar los medios que el Estado les ha proporcionado para poder cumplir con su función, tanto para la defensa propia, de un tercero o del restablecimiento del orden público, no terminen siendo imputados como autores de delito o como un peligro para la sociedadque juraron defender con sus vidas”. No cabe entender sino que aspira a una forma de impunidad para el caso de comisión de eventuales delitos, puesto que habla de imputaciones y formalizaciones penales, que quiere impedir mediante protección legislativa.
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