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Cartas al Director

El acuerdo ante Pedro León Gallo

La votación para definir el mecanismo al igual que la elección de los delgados, debiese ser obligatoria y no voluntaria, si lo que se quiere y requiere es obtener la mayor legitimidad en este proceso.

Por Redacción·22 de noviembre de 2019·3 min de lectura
Imagen: somoscodesa.org
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Lo ocurrido en la madrugada del viernes 15 de noviembre sin duda es un acontecimiento significativo e histórico, por primera vez desde el nacimiento de la república los ciudadanos tendremos la posibilidad de participar directamente en la construcción de la Carta Fundamental.

En efecto, la existencia de un plebiscito de entrada para votar sobre si se quiere o no una nueva Constitución y cuál es la instancia o mecanismo para la elaboración de su texto por una Convención Mixta Constituyente, integrada en un cincuenta por ciento por delegados electos y en el otro cincuenta por ciento por parlamentarios, o por una Convención Constituyente (que no es otra cosa que una Asamblea Constituyente con otro nombre), conformada exclusivamente por representantes electos directamente por la ciudadanía, requiere tener en consideración, al menos preliminarmente, tres aspectos a considerar.

Primero, la votación para definir el mecanismo al igual que la elección de los delgados, debiese ser obligatoria y no voluntaria, si lo que se quiere y requiere es obtener la mayor legitimidad en este proceso, inducir la participación resulta fundamental, más todavía si para ratificar el texto constitucional se hará un plebiscito por sufragio universal obligatorio, con mayor razón las votaciones de abril y octubre próximos, para aprobar la elaboración de una nueva carta política y para la redacción de la misma respectivamente, debiesen incluir el más amplio espectro electoral posible.

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