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Asuntos de Interés Público

Opinión.

Teoría e ingeniería de la independencia judicial; por Luis María Díez-Picazo, Catedrático de Derecho Constitucional y Magistrado del Tribunal Supremo.

El autor considera que, en materia de independencia judicial, es conveniente hacerse tres preguntas: ¿qué debe entenderse por independencia judicial?, ¿por qué es valiosa la independencia judicial? y ¿cómo puede garantizarse la independencia judicial? Las dos primeras preguntas versan sobre fines y, por ello, pertenecen al ámbito de la teoría constitucional. La tercera, en cambio, versa sobre medios y, por ello, pertenece al ámbito de lo que Giovanni Sartori llamó “ingeniería constitucional”.

Por Elke von Loebenstein·16 de diciembre de 2024·32 min de lectura
Imagen: idehpucp.pucp.edu.pe
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I. ¿QUÉ ES LA INDEPENDENCIA JUDICIAL?

****En materia de independencia judicial es conveniente hacerse tres preguntas: ¿qué debe entenderse por independencia judicial?, ¿por qué es valiosa la independencia judicial? y ¿cómo puede garantizarse la independencia judicial? Las dos primeras preguntas versan sobre fines y, por ello, pertenecen al ámbito de la teoría constitucional. La tercera, en cambio, versa sobre medios y, por ello, pertenece al ámbito de lo que Giovanni Sartori llamó “ingeniería constitucional”.

Comenzando por el primero de los interrogantes señalados, es generalmente aceptado que independencia judicial significa, ante todo, que el juez no sea dirigido o condicionado por el poder político, muy especialmente por el Ejecutivo. Y complementariamente significa que el juez esté protegido frente a personas u organizaciones privadas poderosas. Pero esta idea cuasi intuitiva de independencia judicial adolece de cierta vaguedad, porque en la sociedad actual -no solo entre los especialistas- hay dos visiones distintas sobre esa necesaria protección del juez frente a los poderosos. Una es la visión subjetiva o psicológica, y la otra es la visión objetiva o institucional.

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