12°C · Despejado·Santiago·Viernes, 31 de julio de 2026

Asuntos de Interés Público

Opinión

La infancia no puede seguir esperando notificaciones imposibles, por Natalia Reyes Inostroza

El proyecto sobre abandono parental busca evitar que niñas, niños y adolescentes queden atrapados en procedimientos judiciales interminables debido a la ausencia prolongada de uno de sus progenitores, permitiendo que los tribunales puedan autorizar decisiones relevantes —como la salida del país— cuando exista abandono acreditado y ausencia total de vínculo efectivo.

Por Elke von Loebenstein·26 de mayo de 2026
Imagen: ChatGPT/Elke
Imagen referencial

Existe una paradoja silenciosa en el sistema de familia chileno. Mientras el discurso jurídico enfatiza permanentemente el interés superior del niño, en la práctica muchos procedimientos continúan subordinando las necesidades de niñas, niños y adolescentes (NNA) a formalidades imposibles de cumplir.

Uno de los ejemplos más evidentes aparece en los casos de abandono parental.

En tribunales de familia es frecuente enfrentar situaciones donde uno de los progenitores lleva años completamente ausente. No existe relación directa y regular, no comparece judicialmente, no mantiene contacto con el NNA y ni siquiera puede ser ubicado para efectos de notificación. Aun así, el sistema insiste en exigir autorizaciones, búsquedas y trámites respecto de alguien que desapareció de la vida familiar hace mucho tiempo.

El problema se vuelve especialmente grave cuando el progenitor cuidador necesita salir del país con el hijo. Actualmente, incluso en casos de abandono prolongado, los tribunales suelen exigir autorización del padre o madre ausente, obligando a iniciar procedimientos extensos para intentar notificar a personas cuyo paradero resulta desconocido.

La consecuencia es evidente: el costo administrativo y emocional recae nuevamente sobre quien sí ejerce el cuidado efectivo del NNA.

El proyecto de ley sobre abandono parental intenta corregir precisamente esa distorsión. La propuesta contempla que, acreditado judicialmente el abandono y la inexistencia de vínculo parental efectivo, el tribunal pueda autorizar la salida del país sin exigir consentimiento adicional del progenitor ausente.

La discusión parece razonable. Si una persona lleva años sin ejercer funciones parentales básicas, resulta difícil justificar que conserve intacta la facultad de bloquear decisiones relevantes en la vida del NNA.

La parentalidad no puede entenderse únicamente como un conjunto de derechos formales desvinculados de responsabilidades concretas. El ejercicio real de la maternidad y la paternidad supone presencia, participación y cuidado.

Por eso resulta importante precisar qué entiende el proyecto por abandono parental. No basta un conflicto puntual ni incumplimientos esporádicos. La iniciativa establece parámetros objetivos, como la ausencia injustificada de relación directa y regular durante un año continuo o dos años discontinuos, además de la inexistencia de acciones destinadas a recuperar el vínculo.

La precisión jurídica es relevante porque evita confundir abandono con conflictos de coparentalidad. Cuando existe obstrucción de visitas, el sistema contempla herramientas específicas para restablecer el vínculo. El abandono parental, en cambio, supone desinterés sostenido y desaparición efectiva.

Las cifras muestran que el problema no es marginal. En Chile existen más de 238 mil personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y el 96% corresponde a hombres. Detrás de esos números existen miles de niños cuyas vidas cotidianas siguen condicionadas por la ausencia de uno de sus progenitores.

La discusión legislativa no debiera centrarse únicamente en sanciones ni en debates simbólicos sobre el rol parental. El verdadero problema es práctico: cómo garantizar que niños y adolescentes puedan desarrollar su vida sin quedar atrapados indefinidamente en procedimientos judiciales imposibles.

El interés superior del niño no puede depender eternamente de notificaciones que nunca se concretan. En algún momento, el derecho debe reconocer una realidad evidente: hay ausencias que dejaron de ser transitorias y se transformaron en abandono.

Natalia Reyes Inostroza es abogada especialista en Derecho de Familia.

Te puede interesar