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Asuntos de Interés Público

Recurso de nulidad rechazado.

Incorporación de antecedentes penales del acusado en la audiencia de determinación de pena, no vulnera el debido proceso.

El encartado pretendía anular el juicio oral, al sostener que la incorporación de su extracto de filiación para acreditar su responsabilidad era una prueba nueva no anunciada en el auto de apertura, no obstante, el máximo Tribunal desestimó su petición, al considerar que la culpabilidad del acusado estaba bien fundada en las pruebas incorporadas en juicio, por lo que no es óbice para la nulidad el invocar sus antecedentes criminales pretéritos.

Por Felipe Godoy·22 de septiembre de 2024·2 min de lectura
Corte de Apelaciones ordena eliminar antecedentes penales tras cumplimiento de pena sustitutiva
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La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.

Producto de una extensa investigación de la policía, se logró acreditar que el acusado y su grupo familiar se dedicaban concertadamente a la venta de drogas, utilizando diversos inmuebles en la comuna de Lo Espejo y La Cisterna como puntos de venta y acopio de las sustancias. Al ser detenido, se encontró en poder del acusado más de 300 pitos de pasta base de cocaína listos para ser vendidos, así como dinero en efectivo y diversas especies dedicadas al tráfico de droga, por lo que fue puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria el acusado dedujo recurso de nulidad, invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.

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