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Actualidad Internacional

Cerró última vía de rehabilitación

Tribunal Supremo de España rechaza último intento de Baltasar Garzón para revertir su inhabilitación judicial

Desestimó el recurso interpuesto por el exmagistrado contra el acuerdo del CGPJ que rechazó revisar su expulsión de la carrera judicial, poniendo fin a catorce años de litigios nacionales e internacionales.

Por Elke von Loebenstein·28 de mayo de 2026
Imagen: europapress.es
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El Tribunal Supremo de España desestimó el recurso interpuesto por el exmagistrado Baltasar Garzón para revertir su inhabilitación judicial decretada en 2012, cerrando así —por ahora— catorce años de litigios judiciales y reclamaciones internacionales orientadas a obtener su rehabilitación como juez.

La sentencia rechazó íntegramente la acción deducida por el exjuez de la Audiencia Nacional contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que, en octubre de 2025, había inadmitido su solicitud de revisión de oficio de las resoluciones que ejecutaron su separación definitiva de la carrera judicial.

El fallo fue adoptado por unanimidad, concluyendo el tribunal que el CGPJ actuó conforme a derecho al rechazar la solicitud formulada por Garzón al amparo del derecho fundamental de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución española. Tanto el Abogado del Estado como el Ministerio Fiscal coincidieron en respaldar la posición del órgano de gobierno judicial.

La controversia tiene su origen en la investigación de la trama Gürtel, una de las mayores causas de corrupción política en España vinculada al Partido Popular. En el marco de dicha investigación, Baltasar Garzón —entonces titular del Juzgado Central de Instrucción N°5 de la Audiencia Nacional— ordenó intervenir las comunicaciones entre algunos imputados encarcelados preventivamente y sus abogados defensores, medida que justificó como necesaria para impedir operaciones de blanqueo de capitales.

La acusación, impulsada por un empresario a través de su abogado, calificó dichas actuaciones como constitutivas de prevaricación y vulneración de garantías constitucionales. Aunque los fiscales solicitaron la absolución del magistrado argumentando que intervenciones similares se habían producido en otras investigaciones penales sin consecuencias disciplinarias para sus instructores, la acusación prosperó.

El Tribunal Supremo llegó a mantener abiertas simultáneamente tres causas contra Garzón: una relacionada con la investigación del caso Gürtel; otra vinculada a las diligencias sobre los crímenes del franquismo; y una tercera relativa a cursos académicos desarrollados en Nueva York. Mientras la causa del franquismo concluyó con absolución y la de los cursos fue archivada, la investigación vinculada a Gürtel terminó con condena por prevaricación e inhabilitación especial por once años para el ejercicio del cargo judicial.

El 9 de febrero de 2012, el Tribunal Supremo condenó formalmente a Baltasar Garzón a once años de inhabilitación especial y al pago de una multa de 2.520 euros por prevaricación y por haber “restringido sustancialmente el derecho de defensa”, según estableció la sentencia. El fallo implicó además la pérdida definitiva del cargo y de sus honores, así como la imposibilidad de acceder a funciones jurisdiccionales durante el período de condena.

Tras la condena, Garzón recurrió ante el Tribunal Constitucional y posteriormente ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sin éxito, pues ambas instancias inadmitieron sus acciones. Posteriormente acudió al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, órgano que en julio de 2021 emitió un pronunciamiento favorable al exmagistrado.

En dicha resolución, el Comité concluyó que la condena había sido “arbitraria e imprevisible”, cuestionando además la imparcialidad de uno de los magistrados que integró el tribunal y señalando que Garzón fue privado de una segunda instancia efectiva debido a su condición de aforado. El organismo internacional solicitó al Estado español adoptar medidas de reparación y eliminar los antecedentes penales del exjuez.

Sin embargo, la Sala Especial del Tribunal Supremo español sostuvo posteriormente que los dictámenes del Comité de Derechos Humanos de la ONU no poseen el mismo valor jurídico que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, por tanto, no habilitan la revisión de condenas judiciales firmes.

El último intento de rehabilitación se inició el 17 de junio de 2025, cuando Garzón solicitó al CGPJ la revisión de oficio de los acuerdos dictados en febrero de 2012 que ejecutaron su separación definitiva de la carrera judicial. La petición se fundó tanto en la declaración de extinción de responsabilidad criminal dictada por el propio Tribunal Supremo en noviembre de 2021, como en el dictamen favorable emitido por Naciones Unidas.

El exmagistrado buscaba, al menos de manera simbólica, limpiar su nombre antes de jubilarse, argumentando que el pronunciamiento internacional obligaba a reparar integralmente las consecuencias de su condena. No obstante, el 8 de octubre de 2025 el CGPJ inadmitió la solicitud por “carencia manifiesta de fundamento”, sosteniendo que mientras la sentencia condenatoria no fuera anulada o revisada por las vías legales pertinentes, seguía plenamente vigente y obligatoria.

Frente a ello, Garzón interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo mediante el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales, acción que finalmente fue rechazada.

La resolución implica el cierre definitivo —al menos por esta vía— de la posibilidad de rehabilitación judicial de Baltasar Garzón, quien además ya alcanzó la edad legal de jubilación de los jueces españoles al cumplir 70 años en octubre de 2025. Actualmente, el exmagistrado fue designado por el Gobierno de Pedro Sánchez para presidir la Comisión de la Verdad sobre los crímenes del franquismo.

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