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Tribunal sanciona a abogados de la Puerto Rico Soccer League por presentar documentos judiciales con referencias falsas que habrían sido creadas con IA
La resolución estableció un pago total de 24.492,10 dólares a las entidades demandadas. Aunque inicialmente se reclamaba una suma mayor, el tribunal redujo el monto tras considerar la situación económica de los sancionados y el efecto disuasorio del caso. La decisión busca prevenir la utilización inadecuada de herramientas tecnológicas en procesos judiciales, como la inteligencia artificial.

El Tribunal de Distrito de Puerto Rico resolvió imponer sanciones a dos abogados que representaban a la Puerto Rico Soccer League en una disputa judicial contra la Federación Puertorriqueña de Fútbol, la FIFA y la CONCACAF. Como medida sancionatoria, el juez ordenó el pago de 24.492,10 dólares en honorarios y costas a las entidades demandadas.
La resolución se emitió luego de constatar que en varios escritos presentados por la parte demandante se incluyeron más de cincuenta citas jurídicas incorrectas o inexistentes. El tribunal señaló que, según lo alegado por la defensa, dichas irregularidades habrían estado vinculadas al uso de inteligencia artificial generativa para la redacción de documentos.
A raíz de la detección de estas inconsistencias, se requirió a los abogados ofrecer una explicación sobre la procedencia de las referencias. Sin embargo, al no presentar una justificación adecuada, la sanción se fundamentó en la Regla 11 del procedimiento civil federal y en disposiciones de las Reglas de Conducta Profesional aplicables a la práctica forense.
Aunque la suma solicitada inicialmente por las partes demandadas superaba los 58.000 dólares, el tribunal decidió aplicar una reducción del 60%. Según el fallo, la rebaja obedeció tanto a la capacidad económica de los sancionados como al carácter preventivo que el caso ya adquirió debido a su amplia difusión.
El juez precisó que, si bien los abogados negaron haber utilizado inteligencia artificial, la magnitud de los errores detectados sugería lo contrario. En todo caso, se determinó que las infracciones procesales y éticas se configuraron independientemente del origen de los escritos.
La distribución del monto fijado quedó establecida de la siguiente forma: 6.732 dólares a la CONCACAF, 12.401 dólares a la FIFA y 5.357 dólares a la Federación Puertorriqueña de Fútbol. La decisión, según el magistrado, busca disuadir prácticas inadecuadas en la litigación, especialmente en lo relativo al uso de nuevas tecnologías en la elaboración de documentos judiciales.
“Varios factores desaconsejan imponer honorarios de abogados en el extremo inferior de la escala. Las mociones problemáticas contenían significativamente más errores que otros casos localizados por el Tribunal. En este caso, las mociones de los demandantes incluían al menos cincuenta y cinco citaciones defectuosas, lo que requirió horas de trabajo por parte del Tribunal para verificar la exactitud de cada citación. Los abogados de los demandantes nunca ofrecieron una explicación satisfactoria de por qué sus citaciones en múltiples mociones presentaban defectos tan graves. Los demandantes negaron haber utilizado inteligencia artificial generativa”, señala el fallo.
“Sin embargo, la gran cantidad de citaciones inexactas o inexistentes sugiere lo contrario. En cualquier caso, las violaciones del Fed. R. Civ. P. 11 y las normas éticas aplicables ocurrieron independientemente de si fueron causadas por el uso indebido de la inteligencia artificial generativa o por otros medios. Esta conducta contrasta con varios de los casos citados anteriormente, donde varios abogados que enfrentaban sanciones ofrecieron una explicación de sus errores”, agrega el texto.
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