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Actualidad Internacional

Medida provisional

Tribunal de EE.UU. suspende sanciones contra relatora especial de la ONU para los Territorios Palestinos Ocupados

Suspendió de manera transitoria las sanciones dictadas por el gobierno. El dictamen establece que las represalias aplicadas vulneran las garantías fundamentales de libre expresión al penalizar opiniones sin efecto vinculante emitidas sobre la Corte Penal Internacional.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·18 de mayo de 2026
relatora especial de la ONU para los Territorios Palestinos Ocupados
Imagen referencial

Un tribunal federal del distrito de Washington (Estados Unidos) decretó la suspensión provisoria de las penalizaciones económicas que el Gobierno de Estados Unidos mantenía vigentes sobre Francesca Albanese, relatora especial de la Organización de las Naciones Unidas para los Territorios Palestinos Ocupados. La resolución judicial establece de forma preliminar que el dictamen administrativo afectó las garantías constitucionales relativas a la libertad de expresión de la abogada.

El magistrado argumentó que las represalias estatales se fundamentaron exclusivamente en los llamados realizados por Albanese para que la Corte Penal Internacional iniciara indagatorias y procesamientos contra autoridades de Israel. Según el análisis del tribunal, las declaraciones de la funcionaria internacional constituyen manifestaciones de opinión que carecen de fuerza obligatoria, por lo que se encuentran amparadas por la protección legal que el sistema estadounidense otorga a la difusión de ideas en el espacio público, incluso aquellas que resulten controvertidas.

Las sanciones en cuestión habían sido decretadas originalmente en julio de 2025, motivando la presentación de una demanda civil por parte de los familiares de Albanese a principios del año 2026. Entre las consecuencias documentadas de estas directrices gubernamentales se encontraban la retención de bienes materiales, la inmovilización de fondos bancarios, la interrupción de coberturas médicas y restricciones laborales para el cónyuge de la relatora, quien ejerce como economista en el Banco Mundial. Asimismo, la medida afectó de forma directa a la hija de la abogada, de nacionalidad estadounidense, impidiéndole retornar a su hogar.

Desde el ámbito civil, el Consejo de Relaciones Estadounidenses-Islámicas valoró la decisión del tribunal señalando que la relatora se limitaba a cumplir con sus funciones institucionales en materia de recopilación de abusos a los derechos humanos. Por el contrario, la organización no gubernamental UN Watch precisó que la orden judicial posee un carácter estrictamente temporal y que no constituye una validación moral ni definitiva sobre los planteamientos o el comportamiento previo de Albanese.

La controversia en torno al desempeño de la relatora incluye reproches por supuestas expresiones de índole antisemita, cuestionamientos que fueron rechazados en 2024 por medio de una declaración conjunta de cincuenta agrupaciones judías, las cuales criticaron la instrumentalización de dichos conceptos frente a las denuncias de vulneraciones en la Franja de Gaza. El caso se suma a las medidas de bloqueo que la administración estadounidense aplicó de forma sucesiva durante el período anterior contra diversos magistrados y fiscales pertenecientes a la Corte Penal Internacional.

Vea texto de la resolución.

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