Actualidad Internacional
Confirma decisión del gobierno
Tribunal de EE.UU. reactiva sanciones contra Relatora de la ONU para Palestina
Reactivó las restricciones financieras y de comunicación contra la relatora. El tribunal determinó que los ciudadanos extranjeros fuera de Estados Unidos no se encuentran protegidos por las garantías constitucionales de la libertad de expresión.

El Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Distrito de Columbia resolvió que las sanciones impuestas contra Francesca Albanese, relatora especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre derechos humanos en Palestina, seguirán aplicándose mientras se tramita el recurso legal correspondiente. Esta decisión unánime suspende de manera parcial la medida cautelar que un tribunal de instancia había otorgado previamente en favor de Albanese.
Las restricciones económicas y de comunicación fueron anunciadas originalmente en 2025 por el secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio, bajo la vigencia de la Orden Ejecutiva 14203. El gobierno justificó la medida al señalar que la abogada presionó a la Corte Penal Internacional para dictar órdenes de detención contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y el exministro de Defensa Yoav Gallant. El gobierno estadounidense argumentó que estas gestiones pretendían enjuiciar a ciudadanos de países que no han entregado su consentimiento para la jurisdicción de dicho tribunal internacional.
La inclusión de Albanese en la lista de personas sancionadas de la Oficina de Control de Activos Extranjeros produjo la congelación de sus cuentas bancarias y tarjetas de crédito, además de restricciones de viaje. La situación afecta de forma directa las actividades familiares de la relatora, impidiéndole viajar a territorio estadounidense para visitar a su hija, quien ostenta dicha nacionalidad. La actual normativa penal de ese país también expone a la hija a eventuales persecuciones legales por mantener contacto con su madre debido al estatus de sancionada.
Ante este escenario, el esposo de la relatora, Massimiliano Cali, junto a su hija, iniciaron una demanda civil bajo el argumento de que las restricciones violan las garantías de libertad de expresión protegidas por la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Aunque en una primera instancia el tribunal de distrito respectivo suspendió los efectos de las sanciones penales y financieras, la posterior apelación del gobierno federal revirtió la decisión cautelar.
Durante la revisión del caso, el juez de apelaciones fundamentó su voto señalando que los argumentos constitucionales de la defensa de Albanese carecen de base aplicable, ya que las protecciones de la Primera Enmienda no se extienden a ciudadanos extranjeros no residentes que se encuentran fuera del territorio de Estados Unidos. Asimismo, la magistratura determinó que los intereses de la política exterior y la seguridad nacional del país norteamericano constituyen factores prioritarios que justifican mantener la vigencia de las sanciones económicas mientras continúe el litigio principal.
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