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Eutanasia
Tribunal catalán avala primera eutanasia legal en España pese a oposición familiar
Ratifica la autorización para morir a una mujer de 24 años con paraplejia y sufrimiento crónico. Rechaza argumentos del padre que se oponía al procedimiento. Confirma que se cumplieron todos los requisitos legales y médicos. El fallo destaca la primacía de la voluntad del paciente y la importancia de los informes médicos en estas decisiones

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en España dictó sentencia para resolver el primer proceso judicial sobre el derecho a la muerte digna.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo confirmó la autorización de eutanasia para una joven de 24 años que sufre paraplejia y padecimiento psíquico constante.
La sentencia establece un precedente al ratificar la correcta aplicación de la Ley Orgánica 3/2021 en este caso. Los jueces han determinado que:
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La joven expresó su voluntad de manera libre, informada y reiterada.
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Los informes médicos acreditaron su plena capacidad para decidir.
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Se constató la existencia de un padecimiento grave, crónico e imposibilitante, sin expectativas de mejora.
El proceso judicial se inició debido a la oposición del padre de la joven, quien recurrió la resolución administrativa argumentando que:
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El Estado tiene el deber de proteger la vida de las personas vulnerables.
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Los trastornos psiquiátricos de su hija afectaban su capacidad de decisión.
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Las dolencias podían mejorar con tratamiento y el dolor era controlable.
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La joven había mostrado dudas y pedido aplazar la decisión.
Sin embargo, el Tribunal rechazó estos motivos, considerando que carecían de respaldo técnico y no desvirtuaban la contundencia de los informes médicos y forenses.
Se ha anunciado que se recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo.
Este caso se convierte en un hito jurídico en España, siendo la primera vez que un tribunal se pronuncia sobre el alcance del derecho a la muerte digna frente a la oposición de un familiar directo.
La ley vigente que, desde junio de 2021 regula la eutanasia como una prestación del sistema nacional de salud en España, establece los requisitos para acceder a ella:
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Solicitud libre, consciente e informada del paciente.
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Enfermedad grave e incurable o padecimiento grave, crónico e imposibilitante.
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Sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable, sin posibilidad de alivio o mejora.
La autorización debe ser evaluada y verificada por la Comisión de Garantía y Evaluación de cada comunidad autónoma.
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