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Actualidad Internacional

Hasta saldar la deuda

Tribunal argentino prohíbe a jugador de fútbol asistir a eventos deportivos por adeudar pensión de alimentos a su hija que padece síndrome de down

Estamos frente a una clara situación de violencia económica por razón del género, pues el alimentante no sólo ejerce violencia contra la madre de su hija sino que además vulnera los DDHH de la mujer pues impone a la progenitora mayor esfuerzo y desgaste personal en pos de atender sola las necesidades de la niña y con ello priva al grupo familiar al goce pleno de sus derechos dada la privación de recursos.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·12 de junio de 2025·3 min de lectura
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Un tribunal argentino prohibió a un jugador de fútbol asistir y participar en eventos deportivos de su equipo por incumplir sus obligaciones alimentarias respecto de su hija de cinco años, quien padece síndrome de down. En su fallo recordó que los padres alimentantes tienen la responsabilidad primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida necesarias para el desarrollo de sus hijos.

Según los hechos narrados, la progenitora demandante solicitó una medida inusual frente al reiterado incumplimiento de la obligación alimentaria por parte del demandado. A pesar de haberse dispuesto previamente medidas como el embargo de bienes y la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el alimentante persistió en sus incumplimientos.

En virtud de ello, se requirió al tribunal que prohibiera al demandado participar en partidos de fútbol, tanto oficiales como amistosos, en cualquier categoría del club local, así como su concurrencia a eventos organizados por la liga, atendido a que el hombre era jugador de fútbol. La medida buscaba asegurar el cumplimiento compulsivo del pago de la deuda.

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