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Actualidad Internacional

Derecho a la educación

Tribunal argentino absuelve a padres condenados por inasistencia de su hijo a clases presenciales: recibe educación a través de la modalidad homeschooling

El niño recibió una educación integral y de calidad, acorde a su edad cronológica y con un contenido curricular que no se diferencia del que se imparte en la escuela presencial, inclusive más profunda. Están acreditadas las múltiples actividades a las que asiste, tales como inglés, karate, básquet, gimnasia artística, música, artes visuales y lectura, en las que socializa con sus pares, interactúa, participa de actividades colectivas como exhibiciones, conciertos, competencias y viajes; todo ello sin déficit de socialización.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·28 de mayo de 2025·4 min de lectura
imagen: ohmagazinerd
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El Tribunal Superior de Justicia de La Pampa (Argentina) acogió el recurso de casación deducido por un matrimonio que fue condenado en segunda instancia por el presunto “abandono y/o descuido como tutores, respecto de la educación de su hijo”, debido a las constantes inasistencias del menor a clases presenciales. Constató que el menor recibe educación homeschooling (educación online en casa), modalidad que estimó equiparable a la educación tradicional en virtud de las circunstancias del caso, por lo que rechazó imputar falta de cuidado a los padres.

Según los hechos narrados, los progenitores fueron condenados por descuido o abandono de la educación de su hijo, imponiéndose contra ellos la obligación de reintegrar al menor al sistema educativo presencial. Se acreditó que el niño no asistió a clases presenciales durante dos ciclos lectivos y se constató un total de más de 30 inasistencias consecutivas y 40 alternadas, sin justificación alguna.

El tribunal ad quem estimó que devenía claro que sustraer al niño del sistema de educación oficial y obligatorio, además de no resultar legítimo, lo colocaba en una situación de desamparo por la falta de escolarización. Agregó que la educación elegida por sus progenitores, no se encontraba reconocida ni avalada por la ley, ni por el Ministerio de Educación, lo que impidía al niño contar con un título oficial que a futuro le permitiera obtener un trabajo, ni continuar estudios universitarios o terciarios; además, de que no garantizaba la socialización ni los contenidos y ejes de aprendizajes necesarios para su desarrollo.

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