Actualidad Internacional
Principio de proporcionalidad
TJUE confirma sanciones contra grandes empresarios rusos por vínculos con gobierno de su país y guerra en Ucrania
Determinó la validez de los criterios aplicados para sancionar a figuras clave del sector privado en el marco del conflicto en Ucrania. La resolución establece que el impacto de los sectores económicos sobre los ingresos estatales es el factor determinante para la legalidad de las medidas. Asimismo, el fallo precisa los alcances de la proporcionalidad y el vínculo objetivo requerido entre los sujetos afectados y las metas de presión internacional contra el gobierno ruso.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia que desestima los recursos de casación interpuestos por cinco empresarios rusos. La resolución confirma las decisiones previas del Tribunal General dictadas durante el año 2023, las cuales mantenían la vigencia de las medidas restrictivas impuestas por el Consejo de la Unión Europea.
En los fundamentos del fallo, el tribunal aclaró que el requisito de proporcionar una fuente sustancial de ingresos al Gobierno ruso recae sobre los sectores económicos y no sobre los empresarios individuales implicados en ellos. Por otra parte, la sentencia define que el concepto de influencia de estas personas debe ser evaluado según el contexto económico de sus operaciones.
Según la resolución, la importancia de estos sujetos en la economía de dicho país permite que favorezcan indirectamente el financiamiento de acciones militares en Ucrania al sostener la rentabilidad de sectores estratégicos.
La instancia judicial recordó que la legalidad de un criterio para imponer sanciones solo se ve afectada si este resulta manifiestamente inadecuado. El Tribunal de Justicia dictaminó que existe un vínculo objetivo entre los empresarios relevantes en sectores lucrativos y el propósito de aumentar el costo de las acciones que afectan la integridad de Ucrania. Este nexo se considera válido incluso cuando es indirecto o independiente del comportamiento personal de los sujetos sancionados.
Finalmente, el fallo aborda el principio de proporcionalidad en la aplicación de la inmovilización de fondos. El tribunal estableció que las medidas son proporcionadas siempre que no sean manifiestamente inadecuadas para el objetivo legítimo perseguido ni excedan lo estrictamente necesario para alcanzarlo. Tras analizar los antecedentes, la corte concluyó que ambos requisitos de proporcionalidad se cumplieron en los casos analizados.
“Solo el carácter manifiestamente inadecuado de un criterio que fundamente la imposición de medidas restrictivas puede afectar a su legalidad. Dicho criterio no podrá considerarse ilegal cuando recaiga sobre categorías de personas que mantienen un vínculo objetivo, aunque sea indirecto e incluso independiente de cualquier comportamiento personal, con el país tercero al que la Unión Europea pretende sancionar. Existe un vínculo objetivo entre, por un lado, los empresarios importantes implicados en sectores económicos lucrativos para Rusia y, por otro, el objetivo de aumentar la presión ejercida sobre dicho país y el coste de sus acciones por desestabilizar Ucrania”, señala el fallo.
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