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Violencia de género
TEDH condena a Italia por archivar denuncias de violencia sexual con argumentos sexistas y estereotipados.
El tribunal de Estrasburgo ordenó indemnizar a una mujer y a sus dos hijos, luego de que la justicia italiana desestimara denuncias de violencia sexual y doméstica con argumentos que calificó como expresión de una cultura sexista y estereotipada, vulnerando la prohibición de tratos inhumanos o degradantes y el derecho al respeto de la vida privada y familiar.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Italia a indemnizar a una mujer y a sus dos hijos luego de que la justicia italiana desestimara inicialmente sus denuncias por violaciones reiteradas y violencia física y psicológica atribuidas a su expareja, en un caso en que el Ministerio Público llegó a calificar algunos hechos como “normales” y a sostener que era habitual que un hombre debiera superar un “nivel mínimo de resistencia” de una mujer frente a una propuesta sexual.
La decisión estimó que los razonamientos utilizados por las autoridades italianas reflejaron “una cultura sexista y estereotipada” y vulneraron los artículos 3 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, referidos a la prohibición de tratos inhumanos o degradantes y al respeto de la vida privada y familiar.
El tribunal con sede en Estrasburgo también recogió las advertencias del informe de GREVIO, el grupo de expertos del Consejo de Europa en materia de violencia contra la mujer, en cuanto a que este tipo de prejuicios institucionales provoca una victimización secundaria, al dejar a las denunciantes en situación de desprotección dentro del propio sistema judicial.
El caso corresponde a una mujer francesa de origen italiano, nacida en 1983, quien en abril de 2021 denunció ante la policía a su expareja, un ciudadano italiano. La mujer sostuvo que durante los años de convivencia ella y sus dos hijos menores, nacidos en 2011 y 2014, fueron víctimas de violencia física y psicológica continuada por parte del progenitor.
Lo que comenzó como una solicitud de protección urgente ante el riesgo de una escalada de agresiones derivó, según el TEDH, en un grave desamparo institucional. En mayo de 2021, la mujer y sus hijos ingresaron voluntariamente a un centro de acogida, mientras que el presunto agresor permaneció en libertad y sin medidas cautelares en su contra.
A fines de ese año, la fiscalía italiana solicitó archivar el procedimiento penal, calificando como una “broma pesada” el hecho de que el hombre hubiera puesto un cuchillo en el cuello de la mujer. Además, sostuvo que no era posible acreditar que el imputado hubiese tenido conciencia de la falta de consentimiento sexual de la víctima.
La defensa de la mujer logró impedir el cierre definitivo del caso y reactivar la investigación. Sin embargo, el proceso se extendió durante años: el juicio fue abierto recién en febrero de 2024, la primera audiencia fijada para enero de 2025 no llegó a celebrarse, y solo en junio reciente el acusado fue condenado en primera instancia a cuatro años y seis meses de prisión.
El TEDH sostuvo que la actuación de las autoridades italianas intensificó el sufrimiento de la mujer, al hacerle sentir que las violencias denunciadas eran invisibles, y que ello también tuvo consecuencias graves en el bienestar físico y psicológico de sus hijos.
Por esos hechos, el tribunal ordenó a Italia pagar una indemnización de 15.000 euros a cada uno de los tres afectados, además de otros 15.000 euros conjuntos por costas judiciales, por un total cercano a 60.000 euros.
Tras conocerse la sentencia, la mujer calificó el fallo como “una victoria para todas las mujeres”. La demandante señaló que sufrió una nueva humillación cuando su abogado le explicó que el archivo de su causa se fundaba en la idea de que un hombre debía superar la resistencia de una mujer para mantener relaciones sexuales. Agregó que quedó en shock al saber que esas palabras provenían de una fiscal mujer.
La condena no constituye un hecho aislado en la jurisprudencia del tribunal de Estrasburgo respecto de Italia. El TEDH recordó que la violencia doméstica es un problema general en los Estados miembros del Consejo de Europa y que muchas veces permanece oculta por producirse dentro de relaciones personales o espacios cerrados.
En el caso italiano, la sentencia se suma a otros reproches formulados por la pasividad judicial frente a la violencia de género. Entre ellos destaca el precedente Talpis contra Italia, de 2017, en que el tribunal advirtió que la inacción y la subestimación sistemática de la violencia por parte de las autoridades constituían una forma de pasividad judicial incompatible con los derechos fundamentales, en un caso que terminó con el asesinato del hijo de la demandante luego de que sus denuncias reiteradas fueran ignoradas.
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