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Actualidad Internacional

Inmersión lingüística

TEDH avala 25% de castellano en escuela catalana

El tribunal no admitió trámite la demanda de Òmnium Cultural y familias de Canet de Mar, al estimar que la medida no eliminó el modelo lingüístico del establecimiento, sino que solo aumentó el uso del castellano en una o más asignaturas, manteniendo el predominio del catalán.

Por Elke von Loebenstein·24 de junio de 2026
TEDH avala 25% de castellano en escuela catalana
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no admitió a trámite la demanda presentada por Òmnium Cultural y un grupo de familias de una escuela de Canet de Mar, Barcelona, que defendían el sistema de inmersión lingüística en Cataluña y acudieron a la justicia europea con el objeto de frenar las resoluciones judiciales que ordenaron impartir al menos un 25% de las clases en castellano.

El caso se originó a partir de las decisiones adoptadas por la justicia española respecto de la escuela Turó del Drac de Canet, luego de que el progenitor de una niña de la misma clase que los hijos de los demandantes acudiera a los tribunales para exigir que se garantizara que su hija recibiera enseñanza tanto en castellano como en catalán.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó, como medida cautelar, que al menos el 25% de las horas lectivas debían impartirse en castellano, incluyendo, como mínimo, una asignatura troncal o complementaria distinta de la propia clase de castellano.

Posteriormente, el mismo tribunal resolvió que el castellano debía utilizarse como lengua vehicular en una o más asignaturas distintas de la clase de castellano, al estimar que la práctica del establecimiento de enseñar exclusivamente en catalán vulneraba el derecho y deber constitucional de los alumnos de aprender la lengua castellana.

Los demandantes recurrieron de casación ante el Tribunal Supremo, pero el arbitrio fue inadmitido por no justificar debidamente su interés casacional. Luego acudieron al Tribunal Constitucional, que también inadmitió la impugnación por falta de especial trascendencia constitucional.

Ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los recurrentes alegaron que las resoluciones judiciales cuestionadas afectaban el modelo de inmersión lingüística en Cataluña. Sin embargo, el tribunal europeo estimó que la decisión adoptada por los órganos jurisdiccionales españoles no derogó la política lingüística de la escuela, sino que se limitó a aumentar el uso del castellano en una o más asignaturas, sin alterar el carácter preponderante del catalán en el establecimiento.

El TEDH consideró que, con esa solución, el Estado español alcanzó un equilibrio adecuado entre la preservación de la unidad del sistema educativo y la promoción de la diversidad lingüística.

En su resolución, el tribunal recordó que Cataluña es un territorio bilingüe, en el que el catalán y el castellano tienen igual condición de lenguas oficiales. No obstante, subrayó que solo el castellano es lengua oficial en todo el territorio nacional, por lo que impedir su uso como lengua vehicular privaría a los ciudadanos del derecho a ser educados en la lengua nacional.

El tribunal europeo sostuvo que recibir educación en lengua española es fundamental para facilitar la igualdad de acceso de los alumnos al sistema educativo estatal y para preservar el principio de unidad de dicho sistema.

Asimismo, advirtió que la práctica del establecimiento de impartir enseñanza exclusivamente en catalán situaba en una desventaja significativa a las familias hispanohablantes que residían temporal o permanentemente en Cataluña, pues impedía que sus hijos pudieran ejercer su derecho y cumplir su deber de aprender castellano.

A juicio del TEDH, esa situación también podía obstaculizar la reintegración de los niños al sistema educativo estatal cuando regresaran a otra región de España en la que únicamente el castellano tuviera la condición de lengua oficial.

En consecuencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos inadmitió la demanda, dejando firme la decisión de la justicia española que avaló la exigencia de impartir al menos un 25% de las clases en castellano en la escuela catalana objeto del litigio.

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